Abstract

En el presente trabajo trataremos someramente de abordar la tematica relativa al entendimiento de la violencia domestica por cuestiones de genero como una de las modalidades de la tortura y si ello puede servir para reducir el poder punitivo materializado sobre victimas de violencia de genero diacronica: a las obligaciones del Estado que se derivan de ese entendimiento adecuado, a la aplicacion del derecho con una perspectiva de genero en clave de derechos humanos, y, en especial, a la obligacion estatal de actuar con la debida diligencia para evitar que esos tipos de violencia se sucedan, agraven y reproduzcan, maxime cuando ya han sido detectados y abordados por organismos publicos, aun cuando los agresores fuesen particulares. Por ultimo, aplicaremos tales estandares al caso Y.P. ocurrido en La Pampa en el ano 2012, en el cual podremos ver que se ha verificado la intervencion ineficaz de una multiplicidad de agencias pre-judiciales en relacion a las logicas que aqui trataremos en torno a una eficaz prevencion, investigacion, sancion, reparacion y erradicacion de ese tipo de violencia, y luego la materializacion del poder penal sobre una mujer victima de violencia de genero diacronica que actuo por propia mano contra su agresor.

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