Abstract

El artículo analiza la sentencia Skanska en la que el TJUE extiende los conceptos de “empresa” y “unidad económica”, así como el principio de continuidad económica, desarrollados en su jurisprudencia en materia sancionadora por infracciones de los artículos 101 y 102 TFUE, a las acciones civiles de resarcimiento de daños y perjuicios. El TJUE declara que el propio artículo 101 TFUE, y no el Derecho nacional que regula las modalidades de ejercicio del derecho de indemnización, determina las entidades responsables de indemnizar los daños causados por una infracción de esta disposición.

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