Abstract

Es sistema procesal penal acusatorio y oral, cuya implementación inició en nuestro país con las reformas constitucionales de junio de 2008, es esencialmente garantista, busca el equilibrio en el respeto a los derechos de los sujetos procesales y se rige por principios fundamentales, entre ellos, el de presunción de inocencia.Prevalecen, sin embargo, temas cuestionables, como la prisión preventiva oficiosa, ordenada por la propia Carta Magna para los delitos en ella previstos.Esta figura rompe con los principios de las medidas cautelares, es contraria al espíritu garantista de un sistema procesal penal de corte acusatorio, se opone al principio de presunción de inocencia y lesiona derechos humanos.

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