Abstract

Se analiza la justicia comunal peruana y de la región, como países que reconocen constitucionalmente el pluralismo jurídico y otorgan similar tratamiento normativo a la denominada jurisdicción especial.

Highlights

  • La justicia comunal: una perspectiva comparativa de su tratamiento constitucional en los países de la Región Andina

  • La centralización de la justicia impide que amplios sectores de ciudadanos tengan libre acceso a ella

  • ―Reconocimiento Constitucional del derecho indígena y la jurisdicción especial en los países andinos (Colombia, Perú, Bolivia, Ecuador)‖

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Summary

Introducción

La administración de justicia en el Perú tiende a ser homogeneizante a pesar de la diversidad cultural de su población. El artículo 149 de la Constitución Política del Perú (1993), reconoce formalmente el pluralismo jurídico, dando categoría de ―jurisdicción especial‖ a la justicia comunal basada en el derecho consuetudinario e impartida por sus propias autoridades ―con el apoyo de las rondas campesinas‖. La hipótesis que planteamos es que en los países de la región andina, particularmente en Colombia, Bolivia, Ecuador y Venezuela existe similitud en el tratamiento normativo a nivel constitucional con relación a la jurisdicción especial regulada por el artículo 149 de la Constitución Política del Perú, con excepción de sus límites, pues en nuestro país adquiere connotación particular el respeto de los derechos fundamentales de la persona

Los Convenios Internacionales de la OIT
Pluralismo jurídico y Derecho Consuetudinario
Sistema de autoridades rurales y resolución de conflictos
Consideraciones generales
Colombia
Bolivia
Ecuador
Venezuela
Bibliografía
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