Abstract
El trabajo que se presenta a continuación evalúa la influencia del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en la jurisprudencia reciente en materia indígena de los altos tribunales de los países que constituyen el nuevo constitucionalismo latinoamericano: Ecuador, Venezuela y Bolivia. La investigación recoge una muestra sentencias emblemáticas en las que se analiza la influencia del Convenio 169 en la toma de su decisión por parte de los magistrados en pro de los derechos indígenas. La muestra es de carácter cualitativo y no aspiramos a agotar la discusión sino más bien a abrir un debate en torno a la influencia del derecho internacional con carácter vinculante en jurisprudencia de los países del nuevo constitucionalismo latino americano y otros países signatarios de la Convención 169 de la OIT.
Highlights
Apenas dos años después el Convenio 169 entró en vigor luego de transcurridos doce meses desde la ratificación de los dos primeros Estados signatarios (Noruega y México), tal y como se establecía en su artículo 38
TSJ, 1440, Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, 2012
Summary
En junio de 1989, la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT adoptó en forma tripartita, con la participación de los gobiernos, organizaciones de empleadores y de trabajadores, el Convenio 169 sobre Pueblos indígenas y tribales en países independientes. No debemos perder de vista que hoy por hoy este tratado internacional constituye el cuerpo legal internacional vinculante más importante para la protección de los derechos de los Pueblos Indígenas. La representación de los nuevos derechos constituye para autores como Medici un giro decolonial, especialmente en las dos constituciones más recientes de Ecuador y Bolivia, que “se articulan sobre la base de la centralidad del buen vivir” en una tradición distinta a la occidental en la búsqueda de la dignidad de los seres humanos (2010, 16). Este control de convencionalidad también se encuentra contemplado en la Constitución de Bolivia en el artículo 14.IV que establece la garantía de los derechos contemplados en los tratados internacionales y que la práctica jurisprudencial ha tenido muy en cuenta. Podemos ya interpretar la importancia e influencia que tendrá el Convenio 169 en las Constituciones del nuevo constitucionalismo latinoamericano
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