Abstract

Con la reforma que se presenta, y que entrara en vigor a partir del próximo ejercicio fiscal, las Sociedades Cooperativas van a tener un verdadero régimen fiscal que las regule, debido a que sus actividades son propias del régimen general de personas morales las cuales deben de aplicar a futuro para el pago del impuesto del ejercicio como corresponde, esto es a través lo estipulado por el Artículo 10 de la propia Ley del Impuesto Sobre la Renta que se encuentra en vigor, y no así por lo dispuesto en el Artículo 177 que regula la forma de realizar el pago del impuesto como si se tratare del régimen de personas físicas.
 Recibido: 16 octubre 2020Aceptado: 17 noviembre 2020

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