Abstract

En México, los derechos sociales han tenido diversas naturalezas jurídicas desde su aparición en el texto constitucional de Querétaro. Así las cosas, mientras el entendimiento de éstos no representó mayor problema —sobre todo económico— para el gobierno —ya que pareciera que no se les considerara derechos subjetivos de las personas—, el Constituyente estuvo en posibilidad de adicionar diversas cláusulas sociales buscando fundamentalmente la legitimación del poder público. El entender el desarrollo de la naturaleza jurídica de los derechos sociales en México, resulta imprescindible para abordar el “cambio de paradigma” regido por una visión totalmente normativa que trajo la reforma de junio de 2011.

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