Abstract

Este trabajo analiza los conflictos por el reparto de los bienes eclesiásticos en sede vacante en el arzobispado de Sevilla durante el período que va de 1482 a 1624. Aunque numerosos estudios sobre esta cuestión nos ofrecen una imagen de la configuración de intereses en juego, nuestro trabajo pone la lupa en el caso concreto del arzobispado de Sevilla. Se muestran tanto los agentes implicados en el litigio como los mecanismos y procedimientos de gestión del conflicto de jurisdicción

Highlights

  • This paper analyzes the conflicts over the division of church property in vacant seat in the Archbishopric of Seville during the period from 1482 to 1624

  • There are numerous studies on this issue which show us an image of the configuration of interests at stake, our work puts the magnifying glass in the case of the Archbishopric of Seville and shows the various factors involved in the litigation, as well as the mechanisms and management procedures of jurisdiction conflict

  • Los oficiales aviñoneses eran nombrados por la autoridad pontificia y solían llevar aparejada la condición de nuncio, disponiendo de la capacidad de imponer censuras especiales que no podían ser levantadas por el clero local, sólo se podía apelar de ellas a la Sede Romana

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Summary

Fernández Conde y Oliver 1982a

400. 9 Fernández de Córdova Miralles 2005: 656 y ss. 10 Otra aportación en este campo es la de Rey Castelao 1987. 4. Alfonso X confirma el privilegio de su padre, Fernando III, a la iglesia de León para que el rey no pueda tomar bienes ni hombres de la iglesia leonesa cuando la sede esté vacante. Pero el conflicto no se entablaba solo entre el colector de la Santa Sede y el cabildo sino que los reyes, por carta de 10 de enero de 1485, habían comunicado al mayordomo mayor de la mesa arzobispal, el jurado Antón Serrano, que habían nombrado a Alfonso de Toledo, vecino de Córdoba, para que recibiese: «las rentas, pechos, e derechos e diezmos e primicias que pertenecen a la Mesa Arzobispal de la Iglesia de Sevilla asi en Sevilla como en otros lugares deste arzobispado a nuestra suplicación».26.

26 Carande y Carriazo 1968
85 Domínguez Ortiz 1982
Contenido del Concordato

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