Abstract

La cuestión de la implementación de los derechos humanos, especialmente los económicos y sociales, se ha convertido en uno de los puntos más controvertidos de la filosofía política y jurídica actual. La creación de la Corte Penal Internacional puso de manifiesto el status especial de los derechos humanos civiles y políticos que se sitúan por encima de las soberanías nacionales. Los derechos económicos y sociales, sin embargo, están lejos de haber alcanzado una situación similar. En el presente trabajo discutiré la tradicional distinción entre derechos negativos y positivos, el papel del estado en general y de los jueces en especial en el resguardo de ambos tipos de derechos y mostraré las correlaciones que existen entre ambos tipos de derechos. Analizaré, por último, de qué modo es factible que los jueces defiendan la validez y vigencia de los derechos humanos económicos y sociales cuando los otros poderes, ejecutivo y legislativo, no ofrecen una efectiva implementación de aquellos. Esta intervención del poder judicial es usualmente considerada una indebida intromisión de los jueces en la arena democrática, sin tener tras de sí el respaldo de haber sido elegidos por la ciudadanía. Intentaré responder a esta objeción.

Highlights

  • The issue of human rights implementation, especially that of economic and social human rights, has become one of the most controversial subjects in current legal and political philosophy

  • Democrático liberal o son efectivamente derechos universales que pertenecen a todos los individuos del planeta, independientemente de la sociedad, la cultura y el régimen político en que vivan? Y II) ¿Tienen los derechos civiles y políticos, que aseguran las libertades básicas de los individuos y sus derechos de asociación y participación política, el mismo nivel que los derechos económicos y sociales que no solamente protegen la actividad privada de los miembros de una sociedad civil sino que también les confieren ciertos derechos básicos de subsistencia, salud y seguridad social?

  • En consecuencia, las metarreglas constitutivas del estado democrático de derecho deben ser preservadas, se sigue, entonces, que ese estado deb brindar a sus ciudadanos las necesarias oportunidades tanto para preservar su vida, como señala el fallo de la Corte Suprema de la India, como para desarrollar su propia autonomía como miembros libres e iguales, para lo cual es necesario asegurarles no solamente medios mínimos de subsistencia sino también de desarrollo y formación que les permitan integrarse como un miembro activo de la sociedad, gozando de sus capacidades y habilidades, mientras sus fuerzas lo permitan, y de la seguridad de que se le proveerá de una atención condigna, cuando aquellas flaqueen

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Summary

Introduction

The issue of human rights implementation, especially that of economic and social human rights, has become one of the most controversial subjects in current legal and political philosophy.

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