Abstract

Partiendo de la definición del esquema enunciativo (tipo de frase) como una unidad comunicativa, se caracteriza el imperativo como una modalidad morfologizada de tipo apelativo que se utiliza cuando se dan los siguientes requisitos: sentido de apelación, 2ª persona, tiempo futuro y ausencia de negación. En español, cualquier variación en alguno de estos requisitos determina que se use el subjuntivo. Se rechaza la idea de que el imperativo sea una variante del subjuntivo especializada en la función apelativa o que ambos “modos” compartan un morfema desiderativo, porque ello significaría asignar a una categoría morfológica del verbo (el subjuntivo) una propiedad que en realidad corresponde a ciertos esquemas enunciativos. Sí se integra el imperativo y el subjuntivo en el marco de lo que llamamos “espacio desiderativo-apelativo”, donde se agrupa una serie de procedimientos gramaticales o gramaticalizados basados en el imperativo y el subjuntivo. Semánticamente, se organiza en torno a un componente de deseabilidad (la acción se presenta como deseable) que, al variar diversos factores, configura un recorrido que va desde un centro situado en el imperativo a una periferia que se encuentra en la expresión del deseo.

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