Abstract

La familia de crianza es una institución jurídica que en el sistema jurídico colombiano se adscribe a la iusteoría del antiformalismo. Esto se justifica al considerar que la Constitución Política colombiana de 1991 establece un marco regulatorio en torno a la definición de familia, en el cual la jurisprudencia constitucional ha asumido el rol de reglamentarla desde interpretaciones auténticas. Así, se ha construido una línea jurisprudencial que da cuenta de un precedente uniforme, el cual reconoce los lazos afectivos como una fuente de derecho. Por lo tanto, a través de un enfoque de investigación hermenéutico crítico, este artículo evidencia cómo los sentimientos establecen alcances y vacíos jurídicos en torno a una modalidad de familia disruptiva.

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