Abstract

El presente artículo trata la relación entre las sociedades comerciales y las empresas sociales. En primer lugar,identifica y analiza las iniciativas adoptadas por las instituciones de la Unión Europea en materia de empresassociales. Luego, aborda las soluciones legislativas acogidas por varios Estados-miembros. Por último, examina el ordenamiento jurídico portugués. A pesar de que la Unión Europea cuenta con varias iniciativas dirigidasa las empresas sociales, este es un tema no armonizado. En este contexto, varios Estados-miembros incorporaron legislación específica sobre empresas sociales en sus ordenamientos, pero los modelos de legislaciónson distintos, así como la regulación jurídica adoptada. De las varias iniciativas de la Unión Europea sobreempresas sociales, es posible concluir tres aspectos: las sociedades, al cumplir ciertos requisitos, puedenser consideradas empresas sociales; el ordenamiento jurídico portugués no regula las empresas sociales deforma expresa ni genérica; y la creación de figuras híbridas destinadas a acomodar las particularidades de lasempresas sociales depende de la intervención del legislador portugués.

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