Abstract
En este artículo se hace una breve caracterización y se construye una teorización respecto al terrorismo que se ejecuta desde el Estado y se determina que dadas sus características es posible adecuarlo típicamente como delito de lesa humanidad. Se analiza la imprecisión del vocablo terrorismo y se tiene en cuenta que el terrorismo más convencional genera un impacto mediático generalizado en razón a que se dirige contra el Estado, y en el que las acciones que los gobiernos emprenden contra esa clase de terrorismo se basa en el miedo. Se establece que este tipo de acciones siempre que sean respetuosas del derecho interno e internacional son convenientes; en cambio, si vulneran los derechos humanos, trascienden las jurisdicciones nacionales, por lo tanto, sobrepasan los mecanismos nacionales de utilización de la ley penal y pueden ser considerados delitos de lesa humanidad. En este sentido se teoriza acerca del terrorismo estatal por la vía del combate de cualquier forma y con métodos prohibidos por el derecho internacional, lo que puede convertir las medidas y acciones contra y antiterroristas en terrorismo de Estado. El terrorismo analizado como un crimen de lesa humanidad procura en especial, defender a la ciudadanía de aquellas conductas lesivas de derechos fundamentales, de los derechos humanos y, en general, delitos graves de trascendencia internacional provenientes desde el Estado. En este aspecto, en el presente trabajo el terrorismo estatal se define y se concibe como un delito de contra la humanidad, de tal modo que adquiera las características de ser perseguido internacionalmente y de impedir la prescripción, todo con el fin de evitar la impunidad.
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