Abstract
En este trabajo discuto algunos de los problemas señalados por Luigi Ferrajoli en su artículo: «Constitucionalismo principialista y constitucionalismo garantista». En primer lugar, en consonancia con las tesis de Ferrajoli, intento sostener que el constitucionalismo ha de ser interpretado como el reconocimiento explícito de un nuevo paradigma de autoridad jurídica y de Derecho, y que la teoría jurídica positivista-normativista ofrece la mejor explicación de este nuevo paradigma. En segundo lugar, intento mostrar que un constitucionalismo iusnaturalista o iusrealista serían auto-contradictorios. Estas teorías explican incorrectamente las normas constitucionales que imponen límites sustantivos a la autoridad jurídica (los derechos fundamentales) y asumen tesis que contradicen la propuesta central del constitucionalismo. A lo largo del análisis me concentro en la idea de balance para destacar dos cosas. En primer lugar, que el constitucionalismo garantista de Ferrajoli implica que estos derechos son normas que están relativamente determinadas por el paradigma vigente en la práctica y que, en tal medida, no se identifican ni aplican mediante balances. En segundo lugar, que dicha tesis es totalmente compatible con reconocer que tales derechos —que devienen parte de los criterios últimos de validez en un sistema constitucionalista—, si bien en modo limitado, admiten una pluralidad de interpretaciones y están potencialmente en conflicto. En tal medida, ellos efectivamente están sujetos a balances.
Highlights
In this article I discuss some of the issues raised by Luigi Ferrajoli in his work «Constitucionalismo principialista y constitucionalismo garantista»
In accordance with Ferrajoli, I try to defend that constitutionalism is to be interpreted as the conscious assumption of a new paradigm regarding legal authority and Law, and that a normativist, positivist legal theory offers the best explanation of this new paradigm
They offer an incorrect explanation of the constitutional norms that impose substantial boundaries on legal authority and assume thesis which are incoherent with the central proposal of constitutionalism
Summary
La teoría constitucionalista y garantista de Luigi Ferrajoli es una propuesta que ya sea por su alcance y profundidad como por su sensibilidad frente a los problemas de las sociedades democráticas contemporáneas merece una detallada atención. Luigi Ferrajoli ve en el constitucionalismo un nuevo paradigma de Derecho que se ejemplifica en todo sistema jurídico que incorpore una constitución rígida. Un primer punto importante es que Ferrajoli, al afirmar que estamos en presencia de un nuevo paradigma, no entiende que el constitucionalismo esté en competición con, o se agregue a, las dos conocidas concepciones del Derecho: el positivismo y el iusnaturalismo 1. Al hablar del nuevo paradigma constitucionalista, si entiendo bien, Ferrajoli se refiere a un conjunto de tesis filosóficas, empíricas, políticas, interpretativas, etc., acerca del Derecho y que están implícitas en una práctica efectivamente vigente. El punto importante es que, en su opinión, el modelo, la teoría y la propuesta filosófica de los que estamos hablando hunden sus raíces en la concepción positivista del Derecho, profundizándola
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