Abstract

A partir de una observación a la enseñanza y práctica del derecho, se advierte que aún no se ha desarrollado una teoría de principios acorde al contexto nacional. Un sector de la doctrina los asume como principal paradigma normativo, con funciones políticas (criterios de legitimación racional), axiológicas (concreción de valores) y jurídicas (criterios de validez material); otro, indica que son criterios auxiliares de la actividad judicial. Esa confusión repercute negativamente en el razonamiento jurídico requerido, para una recta y eficaz administración de justicia en el marco del Estado social, y justifica un estudio detallado de la noción de principios asumida por la Asamblea Nacional Constituyente de Colombia de 1991. De otro lado, la escasa doctrina nacional se ha limitado, en términos generales, a reproducir las ideas de importantes filósofos del derecho escritas al margen de los requerimientos que impone el modelo político colombiano. Confusión y descontextualización justifican el objetivo principal de este artículo: facilitar la comprensión de la naturaleza y funciones de los principios jurídicos en nuestro Estado social de derecho a través de la indagación de la voluntad del constituyente. Esto ayudará a superar la contradictoria jurisprudencia sobre el tema y la errada comprensión que se ha tenido del artículo 230 de la Constitución Política. Para lograr ese propósito, se acudió a un método de investigación documental de las gacetas de la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, los rollos de microfilmación que reposan en el Archivo General de la Nación y a entrevistas realizadas a algunos ex constituyentes.

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