Abstract

Pese a las iniciativas de armonización que se han llevado a cabo desde algunos foros internacionales, la regulación del derecho de rectificación se encuentra dispersa en los ordenamientos jurídicos de los distintos Estados, que lo han configurado de modo diverso. Ello dificulta el ejercicio transfronterizo de la acción civil de rectificación y plantea algunos problemas para la determinación de la competencia judicial internacional y de la ley aplicable, dado que el Derecho Internacional Privado no se refiere de forma expresa al derecho de rectificación.

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