Abstract
El creador de WikiLeaks no solo representa un reto a la libertad de información, sino también al Derecho Internacional referido al asilo diplomático. Julian Assange se encuentra en la embajada ecuatoriana en Londres desde hace ya cinco años. Es las últimas semanas, se conoció que Suecia ha dejado de solicitar su extradición, hecho que originó gran parte del caso en estudio. Su situación pareciera ser diametralmente distinta a la de Edward Snowden; sin embargo, ambos son etiquetados como “refugiados por motivos políticos”. Mientras que uno aguarda una mejora en su suerte en la embajada ecuatoriana en Londres, otro continúa en Rusia. ¿Es el asilo diplomático una praxis habitual? ¿Cómo se entiende el asilo diplomático en América Latina? ¿Y en Inglaterra? El análisis de este trabajo partirá desde la asunción que el concepto de asilo no es reconocido como una práctica universal del Derecho Internacional. No obstante, en América Latina pareciera una praxis habitual desde el fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre el caso Haya de la Torre.
Talk to us
Join us for a 30 min session where you can share your feedback and ask us any queries you have
Disclaimer: All third-party content on this website/platform is and will remain the property of their respective owners and is provided on "as is" basis without any warranties, express or implied. Use of third-party content does not indicate any affiliation, sponsorship with or endorsement by them. Any references to third-party content is to identify the corresponding services and shall be considered fair use under The CopyrightLaw.