Abstract

<p>Lo que conocemos hoy como el sistema de propiedad intelectual es un complejo entramado de explicaciones y reglas que tuvieron su origen en el contexto histórico y filosófico particular del siglo XVIII. De esta forma el positivismo y el formalismo jurídicos amoldaron sus herramientas para poder comprender a las creaciones e invenciones humanas como un tipo de derecho de propiedad. Como resultado de este proceso de adaptación encontramos que la estructura tradicional del sistema de propiedad intelectual obedece a la misma estructura básica de la propiedad, en la que su característica más relevante es la regla de propiedad respecto de este tipo de derechos subjetivos: exclusivos – excluyentes. </p>

Highlights

  • The intellectual property system that we know today is a complex web of explanations and rules that originated in the historical and philosophical context of the XVIII century

  • Because of the adaptation process we find that the traditional structure of intellectual property corresponds to the same structure of property rights, where its most relevant characteristic is the property rule regarding these kind of rights: exclusive-excluding

  • Más allá de las explicaciones y justificaciones de la propiedad intelectual, el reconocimiento de esta como un derecho de propiedad que incorpora una “regla de propiedad” no solo se evidenció durante todo el período de consolidación del sistema tradicional de propiedad intelectual, sino que hoy pervive en la doctrina[76], en la jurisprudencia[77], e incluso, el objeto de los DPI

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Summary

ORÍGENES DE LA ESTRUCTURA TRADICIONAL DEL SISTEMA DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Al referirnos a la estructura tradicional del sistema de propiedad intelectual, pretendemos ubicar un contexto temporal, filosófico y político que explique la creación de normas sobre propiedad intelectual y, más aún, la configuración de un sistema de normas con pretensiones globales. Al identificar la historia de las invenciones o creaciones humanas como la misma historia de la propiedad intelectual, se estarían juzgando factores sociales y económicos dispares bajo un mismo criterio, lo cual genera conclusiones imposibles de verificar. Esta no es inherente al hombre mismo, no va de la mano con la evolución científica o creativa de la humanidad, no es una institución natural que ha crecido y mejorado en la medida en que nuestra sociedad se hace más sofisticada; la propiedad intelectual es un sistema jurídico construido y gestado socialmente en torno a factores históricos concretos, y cuyo resultado denominaremos. El propósito de este primer apartado es identificar el momento histórico y el contexto filosófico en el cual surge la propiedad intelectual como un sistema

La relación entre propiedad ordinaria y propiedad intelectual
16 El título fue originalmente
La exégesis y el formalismo en la propiedad sobre bienes incorporales
39 Para ampliar el tema
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