Abstract

El propósito del artículo es explicar la creación de una entidad federativa en México en su primer ejercicio constituyente (1823-1825), tomando como antecedente inmediato la diputación provincial, institución creada por las Cortes Generales. Se revisará el grupo de los diputados constituyentes, sus principales referentes doctrinales, sus discusiones más importantes y la legislación secundaria para organizar la nueva entidad libre, federada y republicana.

Highlights

  • El diputado Sierra: ¿Por qué se dice que Dios es el supremo legislador? El diputado Torre: porque como autor de la naturaleza no podía haber otro ninguno

  • Se analizaron y discutieron iniciativas como la publicada por la diputación de Puebla para formar una nueva representación nacional, con la participación de dos integrantes por diputación o aquellos que fueran elegidos por el órgano provincial para decidir sobre la manera en que se determinarían las bases de la convocatoria, al margen de las discusiones entabladas en el congreso general en sus sesiones de marzo de 1823, donde la voz de Carlos María de Bustamante fue enfática: «siendo el motivo principal por que los generales reunidos en Puebla han pretendido que no se

  • Fue con el Plan de Casa Mata en relación con el tema de la división de poderes entre legislativo y ejecutivo, en que las diputaciones provinciales dejaron su exclusiva función administrativa para convertirse en órganos de decisión e incidencia política no solo sobre sus territorios, sino sobre el análisis y propuestas en torno a las formas de representación nacional y de gobierno provisional

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Summary

MARIANA TERÁN

El diputado Sierra: ¿Pero por qué se dice de la sociedad? El diputado Torre: que cuando se dice de la sociedad no distingue a cuál sociedad; cual haya sociedad es necesario y que ésta tenga orden, también es necesario El diputado Sierra: ¿y por qué dice la comisión autor del orden? El diputado Díaz de León: qué más extensión puede dársele entiendo a que Dios es el supremo autor de la sociedad (Se aprueba la invocación). El propósito de estas líneas es mostrar cómo una provincia se convirtió en entidad federada; cuáles fueron sus referentes doctrinales con los que se valieron sus integrantes para hacer su constitución, cuáles los temas de mayor calado que se vertieron en sus sesiones; cuáles las primeras reglamentaciones, cómo imaginaron aquellos diputados la soberanía, la división de poderes, la organización de la vida municipal en un acto soberano por constituirse. Estudiar el primer constitucionalismo de una provincia como Zacatecas es relevante porque permite explicar que su voluntad autonómica no fue un acto espontáneo ni obra solitaria de destacados y brillantes políticos, sino respondió a la tradición administrativa que sobre la provincia se había asentado desde las reformas borbónicas, a la cultura política y jurídica compartida en Hispanoamérica y a las instituciones liberales gaditanas que, como los llamados ayuntamientos constitucionales y diputaciones provinciales, impulsaron el regionalismo y el municipalismo

Del ejercicio de la soberanía
Bosquejar un inmenso cuadro
Consideraciones finales
Quiénes están facultados para proponer
Estado de México
Ambas cámaras
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