Abstract

Resumen. No son pocos los problemas interpretativos que surgen a la hora de encarar la negociación colectiva de un plan de igualdad. Las primeras dudas pueden surgir ya al consti­tuir la mesa negociadora, especialmente cuando existan centros de trabajo con representación legal de los trabajadores y otros sin ella, pudiendo verse afectado el principio de correspon­dencia. También genera dudas el alcance que debe darse a la exigencia legal de que sea en la mesa de negociación donde se elabore el diagnóstico de igualdad, o si la obligación de negociar el plan exige alcanzar un acuerdo o es una mera obligación de medios, o las consecuencias que pueden derivarse de incumplir las medidas del plan o los compromisos de información durante la fase de seguimiento del plan. Estas y otras cuestiones interpretativas resultan muy trascendentes ya que pueden dar lugar a la declaración de nulidad del plan de igualdad e in­cluso a condenas de cuantías indemnizatorias por la vulneración del derecho constitucional de libertad sindical y de apremios pecuniarios. Los tribunales han ido dado respuesta a estas du­das, dotando así de mayor seguridad jurídica al proceso negociador de los planes de igualdad.

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