Abstract

La ocupación no termina automáticamente relaciones diplomáticas o cierra misiones diplomáticas, pero el poder ocupante puede pedir de otros países que saquen temporalmente a miembros de misiones diplomáticas o la misión misma. La Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas no se aplica directamente a poderes ocupantes con respecto a misiones diplomáticas y sus miembros en el territorio ocupado. El territorio es gobernado bajo las reglas usuales de la guerra. Aunque los agentes diplomáticos mantienen su estatus como diplomáticos, estos agentes no disfrutan de todas sus inmunidades y privilegios diplomáticos. Estos privilegios serán en práctica limitados por las necesidades militares y de seguridad del poder ocupante. El poder ocupante puede permitir a diplomáticos en el territorio, pero no puede acreditar a otros agentes, los cuales serán reconocidos al regreso del gobierno legítimo del estado.

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