Abstract

Entre las teorías de Thomas Hobbes y Baruch de Spinoza hay destacadas coincidencias y también importantes diferencias. Inician y revelan cambios en la teoría y la práctica políticas que ocurren en corto espacio de tiempo pero que son decisivos. Antecesores del positivismo, ambos compartieron bases ontológicas y metodológicas, lo que suele interpretarse, por razones cronológicas, como una influencia de Hobbes en Spinoza. Las diferencias entre ambos versan sobre el sentido de la religión en relación con su papel en la política; las relaciones entre la revelación divina, la ley y la razón naturales y el orden moral; el iusnaturalismo como fundamento del sistema jurídico-político; el sentido y contenido del contrato social como fundamento de la obligación civil. Todas estas divergencias conducen a la más importante de todas, y es que Hobbes se enroca en un absolutismo que desconoce los derechos de la conciencia, mientras que Spinoza se erige en defensor del fuero interno.

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