Abstract

Si bien la relación entre el Parlamento y el Tribunal Constitucional se podría antojar muy limitada, la jurisprudencia constitucional parlamentaria ha constituido el elemento configurador básico del Parlamento desde la entrada en vigor de la Constitución de 1978. Esta jurisprudencia ha permitido trazar los rasgos esenciales del procedimiento legislativo, configurar y desarrollar el ius in officium de los parlamentarios del art. 23.2 CE y arbitrar entre los tres poderes del Estado. Sin embargo, aunque en general la relación entre el Tribunal Constitucional y el Parlamento ha sido pacífica, la doctrina jurisprudencial demuestra que, en ocasiones, ha habido tensiones entre ellos. Con todo, aún quedan temas pendientes de resolver que afectan al núcleo del funcionamiento de nuestro sistema político-institucional donde tanto el Parlamento como el Tribunal Constitucional están llamados a desempeñar un papel central.

Highlights

  • Z of the parliamentarians of art. 23.2 CE and arbitrate between the three states powers

  • Referencia a los procesos constitucionales en los que se plasma el control jurisdiccional de la actividad parlamentaria

  • ¿Es contradictoria la nueva doctrina del Tribunal Constitucional sobre la elaboración de las leyes?”

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Summary

Sobre la relación funcional entre el Parlamento y el Tribunal Constitucional

La relación funcional entre el Parlamento y el Tribunal Constitucional podría entenderse limitada a la clásica distinción kelseniana de legislador positivo y legislador negativo. Como consecuencia de estas idas y venidas en la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el control de los interna corporis, se vieron afectadas las normas de origen parlamentario que podrían ser objeto de control de constitucionalidad al margen de lo establecido en el art. Ante la evidente falta de precisión y delimitación de unas y otras, el Tribunal, en su STC 44/1995, consideró de idéntica naturaleza tanto las normas que integraran los reglamentos como aquellas que lo desarrollaran no pudiendo ser objeto de control de constitucionalidad por la vía del recurso o la cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, negándoles la fuerza de ley. Referencia a los procesos constitucionales en los que se plasma el control jurisdiccional de la actividad parlamentaria

El recurso de inconstitucionalidad y el procedimiento legislativo
Valoración y perspectivas de futuro
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