Abstract

La “Aplicación de la doctrina probable de la Corte Suprema de Justicia sobre el Estado Civil en la Unión Marital de Hecho”, es una respuesta al vacío legislativo existente para establecer si se instituye dicho atributo de la personalidad en esta forma de constituir familia. Siendo el registro del estado civil de las personas del resorte de los notarios, resulta pertinente resolver el siguiente interrogante: ¿aplican los notarios el precedente judicial que reconoce el estado civil de compañero o compañera permanente, como consecuencia de la declaratoria de la unión marital de hecho?.Para el cumplimiento del objetivo de la investigación, acudiendo a las fuentes primarias, se tomó como muestra el Circulo Notarial de Medellín. El trabajo de campo se desarrolló con un instrumento, consistente en un cuestionario autoadministrado, que permitió recaudar la información, para luego interpretar las diferentes variables desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. Igualmente se hizo uso de las fuentes secundarias en procura de ilustración sobre las figuras jurídicas que comprende el tema de la investigación.El análisis efectuado llevó a establecer que efectivamente no existe vacío legislativo, pues en su gran mayoría, los funcionarios encuestados aplican el precedente de la Corte, y consideran que el registro de varios es prueba suficiente del estado civil de compañero o compañera permanente.

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