Abstract

Sobre la mancomunidad testamentaria y el poder testatorio han existido de antaño estigmas en torno a que su puesta en práctica vulnera lo que la doctrina ha reconocido como caracteres fundamentales del negocio jurídico testamentario: por una parte, su carácter personalísimo y, por el otro, la prohibición de la testamentifacción conjunta. En este contexto se reflexiona sobre la utilidad de ambas figuras, y las ventajas que reporta en los ordenamientos jurídicos que las permiten, a la par de los riesgos que su utilización genera para los testadores y para la seguridad jurídica en general. Se enfatiza en la exégesis de la normativa cubana y su implicación para la práctica notarial. Como conclusión se proponen alternativas que disminuyen los riesgos ante su utilización y potencian una mayor autonomía de la voluntad de las personas en sede sucesoria.

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