Abstract

El material histopatológico que se considera en esta ocasión demuestra que la hiperplasia endometrial, como manifestación de un estado estrogénico persistente e incontrarrestado, desempeña un rol importante en la génesis del carcinoma endometria1. Las imágenes histológicas en estas circunstancias pueden corresponder a una hiperplasia glándulo-quística o a una hiperplasia adenomatosa. La hiperplasia endometrial glándulo-quística durante la menacma y el climaterio premenopáusico, reflejo de desequilibrios endocrinos, no tiene mayor importancia en estos períodos, pero cuando se hace presente en la postmenopausia adquiere una significativa influencia en relación con el desarrollo del carcinoma endometrial. La hiperplasia adenomatosa que evoluciona durante el período de madurez sexual reviste mayor importancia que la variedad glándulo-quística, pues si bien traduce al igual que ella la existencia de una disfunción endocrina y como ella constituye también una lesión reversible, su existencia requiere una mayor preocupación aún dentro de este período y en relación directa con la mayor edad de la mujer. Cuando evoluciona en la postmenopausia adquiere mayor significación que la variedad glándulo-quística en la génesis del carcinoma del endometrio. El estudio de 26 casos de coexistencia de hiperplasia y adenocarcinema del endometrio nos permitió establecer en 7 de ellos la concurrencia simultánea de las dos variedades de hiperplasia, glándulo-quística y adenomatosa con adenocarcinoma; en 6 la evolución concomitante de hiperplasia adeno-quística y adenocarcinoma; en otras 6 de hiperplasia adenomatosa y adenocarcinoma y, finalmente, en las 7 restantes se reveló la transformación gradual de una hiperplasia adeno-quística en una hiperplasia adenomatosa y, por dual de una hiperplasia adeno-quística en una hiperplasia adenomatosa y, por último, en un carcinoma, dentro de un plazo variable de 1 a 4 años (Cuadro N°1). Si se analizan las edades de las pacientes que constituyen cada una de estos tres grupos, en el momento en que se estableció el diagnóstico de degeneración maligna, se comprueba que la edad media más baja -48 años- correspondía a la coexistencia de hiperplasia adenomatosa y adenocarcinoma. En cambio, ella era de 52 años para la asociación, hiperplasia glandular quística, hiperplasia adenomatosa y adenocarcinoma y de 58 para la asociación hiperplasia glándulo-quística adenocarcinoma. Sin pretender establecer conclusiones dado su número escaso de observaciones llamamos la atención a que exista una mayor propensión a la degeneración maligna y que ésta se establece más tempranamente, cuando concurre la hiperplasia adenomatosa. Esta afirmación se confirma si establecemos la edad media en los dos grupos de adenocarcinomas en los cuales se hizo presente esta modalidad de hiperplasia en las imágenes histológicas, comprobando que ella es de 50.5 años por 58 en el grupo en que ella no existe. Las comprobaciones anteriores conducen a una conclusión importante en relación con la profilaxia del carcinoma del endometrio en el sentido que la existencia de una hiperplasia endometrial, glándulo-quística o adenomatosa en el período postmenopáusico, haría aconsejable la histerectomia. La radioterapia en general y la curieterapia intrauterina en especial, por constituir el método terapéutico al cual se recurre en las metrorragias disfuncionales del climaterio, sólo podría indicarse cuando existiera una contraindicación quirúrgica absoluta o bien ante la negativa de la paciente para aceptar la intervención. En ambas circunstancias se deberá exigir controles periódicos los que necesariamente deberán comprender exámenes citológicos y nuevos raspados-biópsicos. Las comprobaciones señaladas en la conclusión N° 4 conducirían a aceptar el concepto de carcinoma "in situ" del endometrio, a pesar de algunas autorizadas opiniones en contrario. Se considera que debe mantenérsele vigente para que en la práctica diaria del laboratorio se investiguen las imágenes correspondientes y poder así acumular mayor documentación que permita en el futuro emitir un juicio con mayor fundamento. Convendrá recordar que el Comité de Estocolmo, sin pronunciarse sobre las características propias del carcinoma "in situ" del endometrio ha incluido al igual que en el carcinoma cervical un período 0, definiéndolo así : casos que el patólogo considera que muy probablemente son de naturaleza carcinomatosa aunque no es posible establecer un diagnóstico definitivo en este sentido.

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