Abstract

El reconocimiento legal de la identidad de género que regula el cambio del campo “sexo” por el de “género” en la Cédula de Identidad, se reconoce por primera vez en la historia legislativa del Ecuador en la en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Motivo por el cual esta ley ha sido considerada un hito importante para la reivindicación de los derechos de los trans. No obstante, debido al sistema heteronormativo, cisnormativo y binario arraigado en la legislación ecuatoriana, esta ley establece regulaciones restrictivas e invasivas que patologizan a las identidades que difieren de lo considerado tradicionalmente “normal”, vulnerando así, los derechos de estas personas. Por ello, estas regulaciones deben ser analizadas a la luz de lo establecido por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y por la Constitución de la República del Ecuador.

Full Text
Paper version not known

Talk to us

Join us for a 30 min session where you can share your feedback and ask us any queries you have

Schedule a call

Disclaimer: All third-party content on this website/platform is and will remain the property of their respective owners and is provided on "as is" basis without any warranties, express or implied. Use of third-party content does not indicate any affiliation, sponsorship with or endorsement by them. Any references to third-party content is to identify the corresponding services and shall be considered fair use under The CopyrightLaw.