Abstract

El incremento del uso de las nuevas tecnologías y su incorporación a las formas cotidianas de comunicación ha supuesto la aparición de nuevos riesgos asociados a la transferencia de datos personales y la publicación de material sensible en las redes sociales. La preocupación por la protección de la intimidad en las sociedades posmodernas se intensifica cuando las personas involucradas en este creciente tráfico de información personal son vulnerables, como los menores de edad, que además hacen un uso particularmente intenso de estos nuevos medios de comunicación. Tras estudiar en primer lugar la evolución del derecho a la intimidad desde un punto de vista jurisprudencial y supranacional, esta investigación analiza la decisión del legislador español de tipificar el sexting en 2015.Recibido: 30.10.2019Aceptado: 27.11.2019Publicación en línea: 03.07.2020

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