Abstract

Además de los sentimientos, mentalidad y circunstancias antropológicas y so­ciales, que se descubren en un proceso inquisitorial por bigamia, la acusación de bigamia, ante todo, llevaba consigo la exclusión social, si se tiene en cuenta que el matrimonio era el elemento que estructuraba la sociedad de Occidente. Una familia manchega lo entendió a la perfección y utilizó la Inquisición para acusar de este delito a una mujer, que se había casado con su hijo en segundas nupcias, para segregarla socialmente e impedir que se incorporara a su nivel social, que era superior.

Highlights

  • Ello no es obstáculo para que algunos historiadores hayan encontrado algunos procesos inquisitoriales en fechas anteriores al Concilio de Trento (1563); así J

  • La Inquisición contra la bigamia: en defensa del orden social Resumen: Además de los sentimientos, mentalidad y circunstancias antropológicas y sociales, que se descubren en un proceso inquisitorial por bigamia, la acusación de bigamia, ante todo, llevaba consigo la exclusión social, si se tiene en cuenta que el matrimonio era el elemento que estructuraba la sociedad de Occidente

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Summary

El proceso de bigamia en el Santo Oficio

Aunque en el Derecho inquisitorial, la bigamia se presentaba como un delito merecedor de pena arbitraria, pues la sanción estaba en relación con la calidad de la persona y la circunstancia del delito (Gacto Fernández 1990: 157-159), los castigos aplicados a las mujeres bígamas siempre fueron penas de vergüenza pública y azotes junto con el exilio temporal, entre tres y cinco años alejadas de su familia y lugar donde vivían (Poska 2000: 234-240); es decir, penas que llevaban consigo la exclusión social a través del deshonor y del alejamiento físico. El párroco de La Roda descargaba su responsabilidad de haber dado consentimiento para celebrar el matrimonio a su teniente de la villa de Fuensanta (Alonso Cano), alegando que este asintió al matrimonio en virtud de los dichos despachos por constarle que a María, habiendo acudido primero ante al Provisor con presentación de una carta de uno que se decía cura de Nechite, en el arzobispado de Sevilla, el que se refería la muerte de dicho Christóbal, había mandado el Provisor librar requería para que se comprobase sin antes haber evacuado las diligencias prevenidas en dicha requisitoria, y callando este pasaje había acudido posteriormente solicitando se librase comisión al cura de Tarazona para la justificación de sus libertades en cuya virtud fue librado el despacho primero de la dispensa de las dos amonestaciones, y que el declarante en vista de dichos despachos, dijo al expedido su theniente que no tenía reparo ninguno que los podía casar cuando quisiere por lo que se le amonesta declare qué motivos tuvo para haber dicho a su theniente no tuviesen reparo en asistir a dicho matrimonio El párroco de La Roda descargaba su responsabilidad de haber dado consentimiento para celebrar el matrimonio a su teniente de la villa de Fuensanta (Alonso Cano), alegando que este asintió al matrimonio en virtud de los dichos despachos por constarle que a María, habiendo acudido primero ante al Provisor con presentación de una carta de uno que se decía cura de Nechite, en el arzobispado de Sevilla, el que se refería la muerte de dicho Christóbal, había mandado el Provisor librar requería para que se comprobase sin antes haber evacuado las diligencias prevenidas en dicha requisitoria, y callando este pasaje había acudido posteriormente solicitando se librase comisión al cura de Tarazona para la justificación de sus libertades en cuya virtud fue librado el despacho primero de la dispensa de las dos amonestaciones, y que el declarante en vista de dichos despachos, dijo al expedido su theniente que no tenía reparo ninguno que los podía casar cuando quisiere por lo que se le amonesta declare qué motivos tuvo para haber dicho a su theniente no tuviesen reparo en asistir a dicho matrimonio (ADC, Inq., leg. 611, exp. 7.390)

Interrogatorio de la Inquisición a María Zerezo
Las acusaciones de los testigos
Acusación del fiscal
Sentencia y abjuración
Cumplimiento de la pena y muerte
Conclusión
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