Desarrollo de la competencia intercultural en la formación inicial docente: una experiencia COIL entre Chile y Colombia
La formación inicial docente enfrenta el reto de preparar profesionales capaces de desenvolverse en escenarios educativos marcados por la diversidad cultural y la creciente interconexión global. En este contexto, la competencia intercultural se configura como un componente esencial para construir prácticas pedagógicas inclusivas, críticas y transformadoras. A partir de esta necesidad, se ha explorado el potencial del modelo COIL (Collaborative Online International Learning) como estrategia metodológica para promover la internacionalización del currículo desde una perspectiva local y accesible. El presente estudio tuvo como objetivo analizar el desarrollo de la competencia intercultural en estudiantes de pedagogía mediante una experiencia COIL implementada entre instituciones de educación superior de Chile y Colombia. Para ello, se adoptó un diseño metodológico mixto de tipo exploratorio secuencial. En una primera fase cualitativa se aplicó análisis del discurso a los textos producidos por los participantes en un Muro Intercultural virtual. En la segunda fase, se analizaron los resultados de un cuestionario de evaluación respondido por el estudiantado al finalizar la experiencia. Los resultados evidencian expresiones de respeto por la diferencia, curiosidad cultural, cuestionamiento de marcos propios y habilidades comunicativas orientadas al trabajo colaborativo en entornos digitales. Se identificaron tres niveles de desarrollo intercultural: conocimiento cultural, actitudes y valores, y habilidades interpersonales. La triangulación de datos cualitativos y cuantitativos permitió validar la eficacia del modelo COIL como herramienta pedagógica para favorecer el desarrollo progresivo e integral de la competencia intercultural. Se concluye que esta metodología constituye una vía pertinente para integrar experiencias de internacionalización en casa en la formación inicial docente, especialmente en contextos con limitaciones de movilidad física.
- Research Article
- 10.36260/3htwkv11
- Aug 1, 2024
- Revista Boletín Redipe
Desarrollamos aquí una breve reflexión sobre la importancia del nivel edificante en los procesos de lectura y comprensión. Como se sabe, la formación que se imparte en tal materia gira alrededor de ganar fortalezas en los niveles literal, inferencial y crítico. Aunque esta constituye una manera de educar en la formación de conciencia comprensiva y conciencia de mundo, tales niveles de desempeño no permiten devenir por sí mismos discurso en acción, obrar vida con las comprensiones, sobre todo lograr una participación protagónica de los lectores comprensivos en el cuidado y cultivo de la vida socio natural, que es finalmente el primado de la acción educativa. La educación, en particular la referida a lectura y también a escritura, presenta algunas deudas a la hora de cumplir la función de educar. Una de estas guarda relación con el hecho de que tal formación sería asumida más con enfoques técnicos que sintientes, más desde la enseñanza y el aprendizaje que desde el acto de educar. En este sentido no ha hecho bien priorizar el aprendizaje de la lectura y la escritura, la enseñanza de las habilidades cognitivas, lingüísticas y discursivas; el mundo humano y socionatural demandan de la escuela educar con los saberes (discursivos, artísticos, científicos, humanísticos), si se prefiere, enseñar educando en la formación de conciencia multidimensional, que se traduzca en conciencia de vida, es decir, en una conciencia comprensiva que nos permita evolucionar con la vida, cargar de mayores sentidos a la existencia. No es lo mismo enseñar lectura y escritura que educar con estos saberes. Desde la perspectiva comprensivo edificante (PCE) aplicada al discurso, la educación y la pedagogía nos preguntamos por el sentido profundo de la lectura y la escritura. Hoy se privilegia la enseñanza y aprendizaje de estas, así como la formación en valores y actitudes que tales procesos impliquen, pero se deja de lado la formación de conciencia de lectura y escritura, ante todo una conciencia actuante de simbiosis humanidad y naturaleza, de mundo interdependiente, de proximalidad, de respeto al otro y lo otro no humano. Es decir, se enseña en lectura y escritura más poco se educa en estos procesos de modo tal que impulse una conciencia que permita iluminar y sembrar vida con las fortalezas lecto-escriturales, con los equipajes comprensivos. Este hecho nos habla de la necesidad de enseñar educando, de que la lectura y la escritura representen en los estudiantes más que recursos y tecnologías para saber, dotaciones que edifiquen, procesos para el cultivo de la vida. El sentido profundo de la lectura y la escritura sería ganar conciencia de obra de vida; más que acumular habilidades de lectura y escritura es ganar con estos y otros potenciales conciencia de vida: para leer y escribir concientemente se requiere no solo de dotaciones de índole cognitivo, afectivo, crítico y operativo sino además de luz interior para hacer vida con estas. Se trata de la lectura y la escritura como formas de vida. Se avanza en estas destrezas no solo comprendiendo lo que leo y escribo, no solo esclareciendo el lenguaje sino y sobre todo haciendo vida con el lenguaje comprensivo. Usando las comprensiones a favor de la vida entretejida de humanos y no humanos, cultivándonos como ciudadanos de la vida no solo humana, también socio-natural. La lectura y escritura comprensivas, sean de orden literal, inferencial, crítica, argumentadas ponen de presente nuestros pensamientos, sentires y actitudes frente a las situaciones, fenómenos, enunciaciones y eventos que nos convoque. Pero una comprensión más allá de nuestras reacciones y percepciones precisa de niveles o desempeños más experienciales y vivenciales por los cuales se manifieste nuestro ser pleno: el que nos hace ser el otro y lo otro de la vida entrelazada, el que edifica, teje vida con sus dotaciones comprensivas. La comprensiones que edifican no son precisamente aquellas por las cuales nos vanagloriamos o buscamos reconocimiento por el derroche de conocimiento, ilustración o interpretación, de competencias discursivas, textuales o científicas, entre otras que podamos exhibir, sino aquellas por las cuales nos nace ganar idoneidades intelectuales y afectivas situándolas en la senda evolutiva, al servicio de la vida socionatural, más allá del sí mismo, dejan de ser comprensiones ensimismadas aunque valiosas, para decantarse como comprensiones para el otro y lo otro sin los cuales sencillamente no somos. En esta vía la PCE, la perspectiva mencionada propone el nivel edificante de la comprensión, el nivel edificante de la lectura y la escritura. Se trata de la comprensión edificante como forma de vida, por la cual fluyan interacciones enunciativas de alma a alma, que nos ilumine y mueva a cultivar vida, no a desconocer, negar y excluir al otro, a erosionar a los coexistentes vivos y no vivos del orbe socionatural: una comprensión que se profundice cuidando del otro, tanto de quien cultiva la vida como de quienes atentan contra la misma, quienes contravienen con sus acciones la evolución. El dominio de la lectura y la escritura precisa que el discurso devenga acción por y para la vida. No es suficiente con elaborar interpretaciones, inferencias, razones y en general construir significados comprensivos: es necesario potenciar tales capacidades tejiendo vida con las comprensiones, poniendo estas en acciones de vida, en modo sentiente, edificante. En esta consideración, todo abordaje de estos procesos ha de implicar desempeños por la vida: si intentamos comprender un evento erosivo, o a quien hace el mal, o la formación y uso de conocimientos con los cuales se deterioren formas de vida, el comprendedor, el labrador consciente ha de diseñar y llevar a cabo acciones edificantes, es decir, los desempeños del comprendedor no se detienen en la habilidad cognitiva y discursiva, en el entendimiento o esclarecimiento de situaciones, inclusive en la postura (o crítica) personal frente a las mismas, sino que han de progresar como desempeños edificantes, en los cuales se hacen cosas por la vida integrada, para una mejor vida en la existencia. Todo asunto comprensivo, sea un libro, una observación, un proceso, un fenómeno o suceso, uno mismo, ha de pasar por estos procesos intelectuales y afectivos, y a la par, ser escenario de vivencias ótricas, de experiencias en las cuales como comprendedores hagamos del asunto, por más sórdido que sea, una oportunidad para vivir con mayor dignidad, como seres proximales, acogientes y compasivos, contundentes tanto para desarrollar análisis y exponer razones y criterios, como para ejercer la ciudadanía planetaria, para ser mundo entretejido proyectando luces sobre sí mismo. Los talleres, laboratorios, mapas, reseñas y relatorías de comprensión edificante constituyen algunos de los dispositivos generados en el marco de la PCE para fortalecer la interconexión de desempeños comprensivos que obren vida. Más que recursos son tecnologías de vida, por las cuales los comprendedores realizan actuaciones en las cuales el conocimiento, los potenciales y el discurso se pone en acción, en obra de vida. De modo que la educación no cumple su finalidad de generar mejores escenarios para que el saber obre vida si no la reorientamos por el camino de educar con los saberes, es decir de generar ambientes para el decantamiento de conciencia multidimensional que permita afianzar potenciales para la comprensión, y paralelamente, blindar la vida con nuestras fortalezas de orden racional y no racional, cognoscitivas y socioafectivas. Ello es así porque educar con la lectura y la escritura significa, más que instrucción y entrenamiento en la argumentación razonada y otras habilidades de esclarecimiento, más que generar y desarrollar técnicas de comprensión y producción textual y discursiva, promover de modo acogiente el desarrollo de conciencia, de luces viscerales que se abren paso hacia el fondo de sí mismo para advertirnos y sabernos seres interdependientes, interconectados con los otros seres del mundo humano y natural, ser para el otro y lo otro. La elucidación comprensiva que premia el mundo escolar no es precisamente el tenor comprensivo que demanda el mundo de la vida socionatural: éste, el mundo de mundos que habitamos y que precisa de nosotros ser próximos, requiere de comprensiones que edifiquen, que más que brillar el sí mismo abracen al otro y lo otro del complejo entrelazado. No basta aprender comprensivamente sobre la célula, las civilizaciones, los personajes reales o ficticios, y derrochar talento para construir significados y sentidos que aseguren el éxito comprensivo en torno a un asunto dado del universo escolar o cotidiano; urge además educar y aprender a educar-se en la formación de comprensiones intersubjetivas y socionaturales, vigorizar comprensiones escolares y cotidianas haciendo de estas nuestros mejores equipajes: aquellos que desvelan nuestro ser, que permiten su manifestación, tejer vínculos, ser genuinamente humanos, seres socionaturales. Es necesario enseñar educando. Es éste un desempeño complejo, tanto como el de comprender edificando. Se enseña educando cuando la instrucción y el artificio competencial dejan de ser la finalidad educativa y tal ejercicio gana musculatura existencial: cuando la competencia o soberbia cognoscitiva y argumentativa dan lugar a la conciencia cognoscitiva y argumentativa. Enseña quien intervine directamente para que el estudiante apropie y aplique o viva experiencias de conocimiento en un campo de saber, más solo enseña educando quien además participa en la generación de eventos en los cuales el estudiante ilumine vida integrada con los potenciales adquiridos, quien los usa conscientemente para vivir como mejor ser humano, mejor coexistente del orbe socionatural. Quien enseña educando comparte su propia experiencia de uso crítico, generativo y edificante (léase, conciente) de las fuerzas que ha construido y refina en su experiencia pedagógica y cotidiana; hace de su práctica pedagógica una praxis edificante por la que coadyuva en la formación de grandeza humana, magnificando la propia. Solo enseña educando quien cede su autointerés, su mismidad a la otredad, deja de ser sí mismo y crece acogiendo al otro, poniendo sus dotaciones al servicio del otro, siendo siempre otro, el otro y lo otro que encarnan la vida socionatural, el tejido de la vida. Puedo ser hábil y poseer aptitudes y actitudes como las de resorte lecto-escritural que demanda la escuela y el mundo para el cual ésta ha de ejercer alguna función; sin embargo, tales equipajes pueden servir finalidades más particulares o de ensimismamiento que comunes y solidarias. Educar en los procesos interconectados de lectura y escritura es una forma de proyectar luces al mundo de la vida que se sustenta en la comunalidad, en el bien común, en la cooperación, en la solidaridad, en la compasión, en la entrega incondicional al otro, a la causa mutua. Puedo tener conocimiento y un grado importante de comprensión para alumbrar la aventura cognoscitiva, más estos potenciales no alcanzan para iluminar, darle vida, brillo a la existencia. Una vida sin tejedores no es una vida entretejida, es una vida sin gracia, sin luz, aislada, privada de otredad, de proximidad. Formar artesanos, tejedores no solo de significados y enunciados, sino y sobre todo de la vida que se sostiene del lazo fuerte que forman coexistentes al ser buenos prójimos, seres próximos, inclinados al otro. Educar en la conciencia precisa intervenir en la formación de comprensiones de orden cada vez más complejo, ahí las cognoscitivas, argumentativas/críticas, y aquellas que exigen usar estas y otras fortalezas para que la vida sonría a los coexistentes. Estamos hablando aquí de la necesidad de que los procesos de lectura y escritura se sobrepongan al dominio de la mismidad, al régimen competencial que aboga por la privacidad más que por la solidaridad, más por el interés propio que el de todos. La propuesta comprensivo edificante es una manera de conducir los procesos de lectura y escritura transitando comprensiones literales, inferenciales, críticas y edificantes. Enseñar educando en el saber lecto-escritural es, así, un modo de edificar con las comprensiones, de usar de modo vinculante, mejor consciente, los saberes y potenciales. De ser lectura y escritura deconstruyéndose con luz edificante. Julio César Arboleda[1] direccion@redipe.org SÍNTESIS DE ARTÍCULOS Los textos que conforman el presente número de la Revista Boletín Redipe giran alrededor del tema: Pedagogía, formación e innovación educativa. A continuación se encuentra una síntesis de los artículos. PEDAGOGÍA Y FORMACIÓN: CLAVES PARA LA CONFIGURACIÓN DEL PROFESOR DE MATEMÁTICAS COMO SUJETO POLÍTICO. Clara Emilse Rojas Morales, Alfonso Jiménez Espinosa, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Artículo de reflexión crítica y generativa sobre la formación de profesores de matemáticas como escenario para la configuración de sujetos políticos en cohesión epistemológica con las categorías pedagogía y formación. Se reconoce y reivindica a la pedagogía como un saber que se pregunta por las condiciones de formación del sujeto, que indaga sobre la manera y los propósitos de formar a ese sujeto. Se exhibe la categoría formación en su evolución histórica, abordada desde la perspectiva clásica humanista hasta la formación pragmática contemporánea. Se considera al profesor de matemáticas como sujeto histórico y político que se configura por los contextos, por las relaciones de poder, que ocupa posiciones preestablecidas por el mundo funcional, lo que da lugar a la reflexión de replantear el modelo de formación centrado en la racionalidad técnica neoliberal. Se exhorta a adoptar la dimensión sociopolítica de la Educación Matemática que permita generar propuestas de formación que contribuyan a la transformación social. En síntesis, buscar la trascendencia del hombre hacia un ser espiritual, que se integre a una sociedad, construya y reflexione de sí mismo y con otros. EDUCACIÓN PRENATAL NATURAL. EDUCANDO EN VALORES DESDE UNA VISIÓN EDUCATIVA ALTERNATIVA PARA LA PAZ Y LA VIDA. Carmen Carballo Basadre, Asociación Nacional de Educación Prenatal, ANEP, España. Artículo de reflexión generativa. Pone de manifiesto la urgencia de encontrar respuestas frente a la crisis multidimensional en la que se halla sumida la humanidad en este mundo globalizado. Necesitamos recuperar los valores éticos-morales que hemos dejado olvidados en el camino del desarrollo científico y tecnológico. Un elemento clave para conseguirlo podría ser poniendo la atención y el foco en la educación, pero desde una nueva orientación, que conlleve una profunda reflexión sobre los actuales sistemas educativos, que, hasta ahora, se están mostrando incapaces de darnos una respuesta que permitan mejorar la situación. Se necesita un cambio, el cual ha de nacer desde una nueva base, desde una nueva visión alternativa, que revolucione la idea tradicional de la educación y nos lleve a plantearnos cuándo podemos comenzar a educar a fin de sustentar la sociedad en unos sólidos y estables valores ético-morales, Frente a esta inquietud y según nos demuestran las investigaciones y descubrimientos científicos de los últimos 50 años, ha de suceder desde la etapa prenatal, es decir, antes del nacimiento, porque es en ella donde nos dicen que se sientan las bases de nuestra futura salud física y psíquica. Esta educación prenatal, capaz de educar a los seres humanos desde el inicio de la vida y basada en el amor y el respeto, podría ser el nuevo camino para recuperar la verdadera dimensión y grandeza de la vida humana, y desde la misma buscar un nuevo sentido al concepto “Vida” que sirva para conducirnos a una “Paz” real, estable y duradera. Tal educación se sustenta en tres pilares fundamentales a saber: 1) Preparación de los padres antes de concebir física, psíquica y espiritual, porque, si queremos educar en valores, ¿necesitaremos poseer nosotros primero lo que queremos transmitir? 2) Concepción consciente, ¿será importante el estado en el que se encuentren los padres en el momento de concebir y cómo se realice? 3) La gestación consciente, positiva y creativa sostenida por el padre y todo el entorno, con el objetivo de que la madre pueda ofrecer al ser que lleva en su seno las mejores condiciones de formación y desarrollo desde el inicio de la vida para que pueda ser en el futuro una persona sana, equilibrada y feliz. UNA MIRADA REFLEXIVA SOBRE INNOVACIÓN EDUCATIVA. Angélica María Urquizo Alcívar, Roberto Salomón Villamarín Guevara, Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba-Ecuador. Comparte los resultados de una revisión bibliográfica sobre los aspectos fundamentales de la innovación educativa que se deben considerar antes de iniciar la implementación en cualquier nivel de educación o institución, con el fin de lograr una mejor comprensión de su naturaleza y al implementarse alcanzar el objetivo de mejorar la calidad educativa. Por ese razón se exponen algunas concepciones de innovación educativa, sus elementos, clasificación, dimensiones, proceso de gestión y algunas reflexiones finales. Si bien es cierto, no se puede negar su importancia, se debe desarrollar una cultura de innovación con el compromiso y participación de todos los involucrados en el proceso educativo y con el horizonte claro de dónde se está y hacia dónde se quiere ir. Así mismo, es importante que las propuestas innovadoras se impregnen de contenidos éticamente valiosos e inclusivos y que los procesos no resulten al final cambios, mejoras o transformaciones que nada cambian. EDUCACIÓN POSITIVA. SEMBRAR Y VIAJAR DOS SINGULARIDADES PARA FORMAR CIUDADANOS EN EL CONTEXTO DEL SIGLO XXI. Artículo de reflexión generativa sobre la educación positiva, a cargo del académico José Darwin Lenis Mejía, Colombia. Esta se inscribe en un modelo educativo interdisciplinar, transdisciplinar e intersectorial en el que muchos campos de estudio actúan armónicamente para generar bienestar humano y formar integralmente a niños, niñas y jóvenes en un siglo convulsionado por permanentes cambios en los estilos de vida. Su propósito central es formar dentro y fuera de la escuela ciudadanos que comprendan la responsabilidad de habitar el planeta y desempeñarse socialmente bien. Una impronta de la educación positiva (EP+) es establecer un estilo de vida saludable donde la felicidad, la resiliencia, la inclusión, la libertad, la valoración de la diversidad y la solución de situaciones cotidianas del entorno o del mundo se asuman de forma responsable y objetiva en el marco común del actuar de las ciudadanías activas, contemporáneas y globales. ANÁLISIS Y DESARROLLO DEL PROTOCOLO IPV6 EN LA RED DE DATOS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO REGIONAL CESAR. Jorge Carlo Jiménez Paredes, Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD, Valledupar Colombia. Artículo asociado a proyecto de investigación en el cual se describe las Fases I y II de la guía del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones denominada “Guía de transición de IPv4 a IPv6 para Colombia”, en la red de datos de la sede de la Defensoría del Pueblo – Regional Cesar. Lo anterior, debido al agotamiento de las direcciones IPv4 que exige realizar dicha transición para no quedar offline (fuera de línea), es decir, sin acceso a Internet y por ende sin operatividad. Así mismo, en la Resolución 1126 de 2021 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se fija como fecha límite para culminar el proceso de transición a las entidades estatales el 30 de junio de 2022. Al desarrollar la Fase I (análisis), se identificará el nivel de preparación de la entidad para realizar la migración al protocolo de Internet IPv6, determinando a través de un plan de diagnóstico el porcentaje de compatibilidad de hardware y software, y de esta manera especificar cuáles equipos y servicios deben reemplazarse y/o actualizarse antes de iniciar con el proceso. El despliegue de la Fase II (desarrollo), permitirá habilitar el direccionamiento IPv6 para cada uno de los componentes de hardware y software de acuerdo al plan de diagnóstico de la primera fase y también configurar los servicios sobre IPv6 de DNS (Domain Name System o Sistema de Nombres de Dominio), DHCP (Dynamic Host Configuration Protocol o Protocolo de configuración dinámica de host), Seguridad, VPN (Virtual Private Network o red privada virtual RPV), servicios WEB, entre otros y de esta manera validar su funcionabilidad y operatividad. Adicionalmente, es necesario coordinar con la ISP (Internet Service Provider o proveedor de servicios de Internet), para establecer el enrutamiento y la conectividad integral en IPv6 hacia el exterior. El desarrollo del proyecto está enmarcado en los pilares de la Estrategia de Gobierno en Línea, es decir: Gobierno Abierto, Privacidad y Seguridad de la Información y TIC para la Gestión. Todo lo planteado surge debido a que los sistemas de información y las plataformas informáticas que utilizan Internet se han convertido en la columna vertebral y en una herramienta fundamental para las empresas hoy en día, ya que a través de él se realizan operaciones y transacciones que van ligadas a su quehacer. De igual manera, se requiere dejar plasmado un documento piloto que se utilice como ejemplo para que se pueda replicar en las demás sedes a nivel nacional al momento de implementar el protocolo. INTERVENCIÓN DE LA FAMILIA EN EL TRATAMIENTO DEL LENGUAJE Y COMUNICACIÓN DE LOS NIÑOS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA. Hilda Josefina Trelles Astudillo, Universidad Católica de Cuenca , Cuenca- Ecuador. Artículo de revisión bibliográfica dirigido a identificar la contribución de la familia en el desarrollo de habilidades comunicativas y lenguaje de los niños con TEA entre 0 a 6 años. Luego de una indagación exhaustiva de la literatura científica sobre esta temática se seleccionó 7 artículos, en los cuales se evidencia que el tratamiento con la participación de los padres ha reportado avances significativos en el desarrollo de la comunicación y lenguaje. La participación activa y comprometida de los padres incide en el mejoramiento de los procesos de comunicación y lenguaje de sus hijos. Los niños mejoraron y produjeron más actos comunicativos, incrementaron su nivel de léxico y disminuyeron patrones repetitivos y restringidos. Así mismo, los padres tuvieron la oportunidad de entrenarse en la aplicación de estrategias y técnicas para replicar en el hogar con el fin de mantener y generalizar las conductas aprendidas en otros contextos. Por otro los padres cambiaron su estilo comunicativo, adquirieron conocimiento sobre la naturaleza y el impacto del TEA y se entrenaron en el manejo de estrategias funcionales para replicarlas en el entorno familiar. A modo de conclusión, esta investigación de revisión sistemática permitió identificar el aporte de la familia en el tratamiento de la comunicación y lenguaje de los niños con TEA INNOVACIÓN DISRUPTIVA EN PROGRAMAS DE TURISMO EN INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR: CASO SAN ANDRÉS ISLAS Maria Inés Padilla Díaz, Ian David Criolla Cruz, Humberto García Viloria, Martha Cecilia Franco Pacheco. Infotep, San Andrés Islas. Artículo de investigación que incluye el análisis del estado actual de la oferta académica del sector turismo en relación con la innovación disruptiva en las Instituciones de Educación Superior de San Andrés, Isla. Además, se destaca la importancia de la innovación disruptiva en la educación superior como un elemento clave para mejorar los servicios en el sector turismo. La investigación se llevó a cabo mediante una revisión de literatura existente en bases de datos especializadas, paginas gubernamentales, instituciones y entrevistas semiestructuradas realizadas a representantes de las instituciones de Educación Superior. los resultados mostraron que, aunque existe una oferta académica de turismo en la isla, la incorporación de contenidos y practicas relacionados con la innovación disruptiva es limitada. Esto sugiere que las instituciones de Educación Superior deben incluir dentro de sus currículos estas temáticas con el objetivo de formar individuos con capacidad de transformar e impulsar la competitividad del sector turístico y contribuir al desarrollo y al crecimiento económico de la isla. Adicionalmente, se logró develar la necesidad del uso se tecnologías emergentes como la inteligencia artificial, realidad virtual y aumentada entre otras, para adaptarse a los nuevos retos del sector y tendencias globales. RESEÑA CRÍTICA DEL TEXTO “EL CUERPO EN EL POSGRADO (MAESTRÍA Y DOCTORADO) EN EDUCACIÓN: ENTRE LENGUAJES, CULTURA, ENSEÑANZA E INCLUSIÓN”. A cargo del académico Rafael Guimarães Botelho, Instituto Federal de Educación, Ciencia y Tecnología de Río de Janeiro, Río de Janeiro, Brasil. En torno al documento: “El cuerpo en el posgrado (Maestría y Doctorado) en Educación: entre lenguajes, cultura, enseñanza e inclusión”, de Natália Papacidero Magrin, Ricardo Weller Piloto, Regina Maria Rovigati Simões y Wagner Wey Moreira, redactado en portugués y publicado (en 2021) en la Revista Brasileira de Pós-Graduação (RBPG), una revista científica multidisciplinar, editada por la Coordenação de Aperfeiçoamento de Pessoal de Nível Superior (CAPES) de Brasil. [1] Julio César Arboleda, Director Red Iberoamericana de Pedagogía, direccion@redipe.org https://orcid.org/0000-0002-1572-5384 Grupos de Investigación: 1) “Pedagogía, formación y conciencia” (PFC), Universidad Autónoma de Madrid; 2) Redipe: Epistemología, pedagogía y filosofía; 3) Educación y desarrollo humano, USB.
- Research Article
- 10.22201/iij.24484873e.1999.96.3612
- Jan 1, 1999
- Boletín Mexicano de Derecho Comparado
Número 96Septiembre - Diciembre 1999Nueva Serie Año XXXIIISSN 0041 8633 EL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y LAS OBLIGACIONES DE MÉXICO CON SU RATIFICACIÓN Jorge Alberto GONZÁLEZ GALVÁN * 1 Considero que este Convenio contribuye a fincar las bases para iniciar un real proceso de descolonización de los pueblos indígenas de Chiapas y de todo el país. En la primera parte se analizarán las obligaciones que el Estado mexicano adquiere al ratificar el Convenio, y en la segunda las obligaciones de lo que se ratifica. II. LAS OBLIGACIONES POR RATIFICAR El nombre del Convenio que se analiza establece, por una parte, que el sujeto de los derechos contenidos son los pueblos indígenas y los pueblos tribales, y, por otra parte, que el sujeto imputable de las obligaciones son los países independientes. 1. El sujeto de los derechos Se define a los pueblos tribales como aquellos "cuyas condiciones sociales, culturales y económicas los distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y que estén regidos total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o por una legislación especial". Respecto a los pueblos indígenas se les define como los descendientes "de poblaciones que habitan en el país en la época de la Conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas". En México ambas definiciones se aplican a los pueblos que hemos identificado no sólo como pueblos indígenas, sino también como grupos étnicos,2 pueblos indios.3 El Convenio establece que los pueblos indígenas y tribales deberán tener conciencia de su identidad para identificarlos como sujetos de los derechos contenidos en el mismo. También señala que no deberá entenderse el término de pueblos en la acepción que le confiere el derecho internacional.4 Por lo anterior, se establece que los sujetos de los derechos contenidos en el Convenio son los pueblos que: a) Son social, económica y culturalmente, diferentes al resto de la población existente en un país, b) Se rigen parcial o totalmente por sus costumbres, c) Habitan en dicho país desde la conquista, colonización o establecimiento de las fronteras estatales, d) Conservan parte o todas sus instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, cualquiera que sea su situación jurídica. Con estos elementos, una definición-síntesis de pueblos indígenas y tribales sería: aquellos que habitan en un país desde los periodos de conquista, colonización o establecimiento de las fronteras estatales y que se caracterizan por ser social, económica y culturalmente, diferentes al resto de la población y por conservar, cualquiera que sea su situación jurídica, parte o todas sus instituciones sociales, jurídicas, económicas, culturales y políticas. Los derechos que se reconocen a estos sujetos se entienden que serán concebidos, aprobados y aplicados al interior de los países independientes, es decir, de los Estados. El cual se considera sujeto imputable de las obligaciones al ratificar el Convenio. 2. El sujeto de las obligaciones La característica principal de un país independiente es su capacidad para darse su propio orden jurídico. Dicha capacidad la ejerce al interior a través de los órganos legislativos, y al exterior por medio de acuerdos, convenios o tratados con los demás países o con los organismos internacionales. En este sentido, un país independiente es un Estado soberano. La ratificación del Convenio 169 por México, como país independiente, es decir, como Estado soberano, significa que las normas contenidas en dicho instrumento jurídico forman parte del orden jurídico interno. Así lo establece el artículo 133 de la Constitución mexicana: Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.5 El Estado, pues, en ejercicio de su soberanía se obliga a aplicar cada una de las disposiciones contenidas en el Convenio. Así lo reconoce también la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo: "Los miembros se obligan a aplicar los convenios que hayan ratificado" (artículo 35).6 Lo cual constituye un principio general del derecho internacional: los pactos son para cumplirse, pacta sunt servanda. Igualmente con base en este instrumento, el Estado miembro que ratifica un Convenio, se obliga a enviar anualmente a la Oficina Internacional del Trabajo una Memoria de aplicación del Convenio (artículo 22).7 En la aplicación de cada una de las disposiciones contenidas en el Convenio, el Estado se puede obligar a aplicarlas sin ninguna modificación a su orden interno (disposiciones autoejecutivas, autónomas), o de realizar un acto intermedio para su completa aplicación, como reglamentar, ordenar medidas administrativas, realizar consul-tas, establecer una sanción, publicar el Convenio (disposiciones no autoejecutivas, heterónomas).8 En el caso de disposiciones del orden nacional que se opongan a las disposiciones del Convenio, se ha considerado por la Comisión de Expertos de Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, que dicha controversia no existe, puesto que la ratificación de un Convenio implica la derogación de las normas internas contrarias.9 Esto mismo se reconoce a nivel interno como un principio general de derecho en el artículo 9o. del Código Civil para el Distrito Federal y para toda la República en Materia Federal: "La ley sólo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare expresamente o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la ley anterior".10 En caso, pues, de controversia entre una norma del Convenio 169 y la normatividad preestablecida en el orden jurídico interno (constitucional, reglamentaria o local), prevalecerá la del Convenio. Esto no por ser "superior" la norma internacional a la nacional, sino por ser posterior a la establecida. El Poder Judicial Federal se ha manifestado en el sentido de confirmar que los tratados junto con la Constitución y las leyes federales son "la ley suprema de toda la unión". Y que en caso de controversia entre éstas y "todas las leyes del país, bien sean locales o federales, deben subordinarse a aquellas leyes [las supremas de la unión], en caso de que surja un conflicto en su aplicación".11 Es decir, que si una norma internacional es contraria a una norma "local o federal", prevalecerá aquélla. Éste es el criterio ya señalado de que la norma posterior deroga a la anterior. Sin embargo, existe un precedente, que no una jurisprudencia (por tanto, como el anterior, no son obligatorios), en el sentido de que un tratado que no esté de acuerdo con la Constitución (contradiga o se oponga a una de sus normas), aunque sea celebrado por el presidente y aprobado por el Senado, "no debe tener eficacia jurídica".12 Esta controversia parecida más a una gimnasia mental que a una controversia constitucional de fondo, me parece originada en un discurso jurídico constitucional (doctrinal, legislativo y jurisprudencial) que necesita renovarse para aclarar que la norma internacional ratificada no es una intrusa, ni el derecho internacional es el caballo de Troya que destruiría nuestro sacrosanto derecho constitucional. Bajo este nacionalismo jurídico decimonónico se esconde la irresponsabilidad del Estado, por ignorancia o mala fe, para cumplir aquello que ratifica. Por eso, un Estado serio revisa su orden interno antes de aprobar una norma internacional. Cuando esto sucede sabe que todas las normas de su orden jurídico interno (constitucionales, reglamentarias y locales) que sean contrarias serán abrogadas o derogadas automáticamente. Si detectara en su revisión una controversia irresoluble, entonces, simplemente no ratifica dicho convenio. El Estado mexicano al ratificar el Convenio 169 se obliga a aplicarlo. Analizando cada una de las disposiciones a las que se obliga, encontramos que en 17 frases contenidas en los artículos 4o., 6o., 8o., 12, 14, 15, 17, 19, 20, 22, 25, 26, 30, 31, 32, 33, el Estado se obliga a realizar medidas legislativas y administrativas, es decir, se establecen las bases para que el Estado instrumente políticas de desa-rrollo de los pueblos indígenas.13 En este sentido se consideran que son normas promocionales: Los llamados convenios promocionales [son] aquellos que tienen como finalidad provocar que los Estados que los ratifiquen adopten determinadas políticas; se trata de instrumentos que propenden a la obtención de determinados objetivos, pero sin fijar de manera específica los procedimientos a seguir en cada caso. Así, cada Estado al obrar autárquicamente en la instauración de normas y prácticas concretas, debe desplegar una actividad adicional. Los convenios promocionales representan un bosquejo o esquema programático de bases que ulteriormente servirán para el desarrollo de políticas económicas, sociales y laborales. Está casi por demás decir que tratándose de este tipo de instrumentos, la necesidad de adoptar medidas legislativas y fácticas para darles actuación, constituye un reclamo insoslayable. Si un país se limita a ratificar un convenio promocionaly no adopta las medidas que éste pide, el resultado final es equivalente al de si lo hubiera rechazado. Este género de instrumentos es, sin duda, el más necesitado de una amplia atención por parte del país suscriptor.14 Los 16 artículos promocionales citados, más dos artículos que establecen la obligación del Estado para reglamentar y establecer una sanción (artículos 11 y 18), y los ocho artículos que establecen la obligación del Estado para realizar consultas con los pueblos indígenas (artículos 2o., 5o., 6o., 7o., 17, 22, 23, 25), hacen un total de 26 de 35 artículos (no incluyo del 36 al 44 cuyo contenido presentan características de artículos transitorios) con disposiciones no autoejecutivas o heterónomas. Y que coronado con lo dispuesto en el artículo 34 que establece que la naturaleza y el alcance de las medidas que se adopten para dar efecto al Convenio tendrán que determinarse con flexibilidad y tomando en cuenta las condiciones de cada país, hacen del Convenio una plataforma de políticas de desarrollo de los pueblos indígenas que el Estado se obliga a instrumentar, es decir, un Convenio promocional, programático. A dos años de la vigencia del Convenio, es decir, de enero de 1992 a enero de 1994, el Estado no llevó a cabo medidas legislativas y administrativas tendentes a la aplicación del Convenio. Lo cual significa que si México ratificó "un convenio promocionaly no adopta las medidas que éste pide, el resultado final es equivalente al de si lo hubiera rechazado".15 El surgimiento público del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en enero de 1994, marca, realmente, el inicio del interés estatal por cumplir las obligaciones del Convenio 169. En la etapa más reciente del proceso de reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, la influencia del Convenio se manifiesta en la iniciativa de reformas constitucionales en materia indígena que elaboró la Comisión de Concordia y Pacificación (20 de noviembre de 1996),16 con base en los Acuerdos de San Andrés (16 de febrero de 1996).17 También dicha influencia se manifiesta en las iniciativas en la materia del Partido Acción Nacional18 y del Ejecutivo Federal19 de marzo de 1998. III. LAS OBLIGACIONES DE LO QUE SE RATIFICA El Convenio 169 adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo es el resultado de la revisión del Convenio 107 sobre la Protección e Integración de Poblaciones Indígenas y otras Poblaciones Tribales y Semi-tribales en Países Independientes de 1957.20 El Convenio 107 se caracterizaba por instrumentar una política indigenista de integración nacional, es decir, monocultural. En este sentido, los pueblos indígenas eran transitorios, puesto que el Estado se obligaba a "integrarlos" a la cultura nacional. Esta política etnocida fue criticada en virtud de lo cual se convocó a su revisión a mediados de los ochenta.21 Los criterios de la revisión tendieron a considerar la perennidad de los pueblos indígenas, para lo cual los Estados tendrían que garantizar su desarrollo, respetando la identidad cultural de los pueblos indígenas. Para ello, fue necesario establecer que las medidas que adoptara el Estado para cumplir con sus obligaciones tenía que consultarlos con los pueblos indígenas. En ambos Convenios la instrumentación de los derechos de los pueblos indígenas queda a la decisión de los Estados.22 En cuanto a las partes que tiene el Convenio 169 son las mismas que el Convenio 107. 1. Las partes del Convenio I. Política general ("Disposiciones generales", en el Convenio 107). II. Tierras (igual que en el Convenio 107). III. Contratación y condiciones de empleo (igual que en el Convenio 107). IV. Formación profesional, artesanía e industrias rurales (las dos últimas integraban la parte siguiente). V. Seguridad social y salud (en el Convenio 107 se decía "Seguridad social y medidas de asistencia". La parte VII de "Sanidad" se incorporó aquí). VI. Educación y medios de comunicación (en el Convenio 107, la parte VIII de "Educación" y la IX de "Idiomas y otros medios de información" se integraron aquí). VII. Contactos y cooperación a través de las fronteras (en el Convenio 107 correspondía a la parte X de "Grupos tribales de zonas fronterizas"). VIII. Administración (igual que en el Convenio 107). IX. Disposiciones generales (no consta en el Convenio 107). X. Disposiciones finales (tampoco consta en el Convenio 107). Con base en las partes que se mencionan del Convenio 169, las cuales son estructuralmente las mismas que el Convenio 107, el Estado mexicano está obligado a determinar la naturaleza y el alcance de las medidas necesarias para dar efecto al Convenio con flexibilidad y tomando en cuenta las condiciones del país (artículo 34). En consecuencia, tendrá que establecer las medidas conducentes a reconocer y aplicar el derecho que engloba el desarrollo con dignidad y justicia de los pueblos indígenas: el derecho a la libre determinación. Este derecho incluye el respeto al desarrollo de los pueblos indígenas en los ámbitos siguientes: 1. Respeto a su integridad cultural (artículo 1o.). 2. Respeto a sus derechos individuales y colectivos: salud, educación, empleo, vivienda (artículo 2o., b.; 3o., b. y c.; y 8o.). 3. Respeto a su participación en las consultas del Estado sobre los pueblos indígenas (artículo 6o.), en materia de salud, educación, desarrollo, medio ambiente y territorios (artículo 7o.). 4. Respeto a su organización política (artículo 8o.). 5. Respeto a su derecho consuetudinario (artículo 8o.). 6. Respeto a su organización jurisdiccional (artículo 8o.). 7. Respeto a sus derechos territoriales, tierras, recursos naturales (artículos 13 a 19). 8. Respeto a su derecho a ser diferentes, y en consecuencia a no ser discriminados en el trabajo (artículo 20), en los servicios de salud (artículo 24). 9. Respeto a sus modos de formación y producción (artículos 21 a 23). 10. Respeto a su medicina tradicional (artículo 25). 11. Respeto a su educación bilingüe e intercultural (artículos 26 a 31). 12. Respeto a su integridad cultural más allá de las fronteras nacionales (artículo 32). En el proceso de diálogo nacional por el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, sintetizado en el reconocimiento al derecho a la libre determinación, analizaremos las observaciones que hizo el Gobierno federal a la iniciativa de reforma constitucional de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa)23 y su relación con lo establecido por el articulado del Convenio 169. 2. La postura gubernamental El Gobierno federal estructura sus observaciones en cuatro bloques: A. Primer bloque de observaciones a. Derecho a la identidad: definición de los sujetos de derechos El Convenio 169 en su artículo 1o. define a los sujetos de los derechos: pueblos indígenas y pueblos tribales. Los cuales tienen que autoidentificarse como tales. La iniciativa de la Cocopa retoma esta definición en el artículo cuarto de su iniciativa, basada en los Acuerdos de San Andrés. El Gobierno federal, por su parte, la omite, dejando literalmente a los sujetos de los derechos en la indefinición jurídica, es decir, en la indefensión. b. Derecho a la organización política El Convenio 169 reconoce este derecho al interior de los Estados, y establece que su naturaleza y alcance se hará de manera flexible y tomando en cuenta las condiciones del país. Los Acuerdos de San Andrés reconocen este derecho siempre y cuando se ejerza respetando el marco de la unidad nacional, del Estado nacional, su soberanía y sus tres niveles de gobierno. El Gobierno federal señala que la iniciativa de la Cocopa no explicita este respeto, de tal manera que propone que el derecho a la libre determinación, en este caso en su carácter de autogobierno, se ejerza con estas dos condiciones: sin alterar la división política de las entidades federativas y sólo a través de la categoría jurídico-política de Municipio. El derecho a autogobernarse y elegir, por tanto, sus propias autoridades con sus modos de elección propios respetando los niveles de Gobierno, tal como lo establece el Convenio 169, los Acuerdos de San Andrés y la iniciativa de la Cocopa, no significa necesariamente que dicho derecho tenga que ejercerse únicamente a través, en este caso, del nivel municipal de gobierno. Este nivel de gobierno es una posibilidad de ejercer este derecho. En este sentido, podría pensarse que otras vías son a nivel de entidad federativa. Sin embargo no son las únicas. Se tendría que aceptar discutir otras vías (Regiones autónomas, Autonomías comunales...) que con base en lo acordado respeten los niveles de gobierno existentes. c. Derecho al derecho El Convenio 169 reconoce la existencia del derecho consuetudinario de los pueblos indígenas. Los Acuerdos de San Andrés lo mencionan como sistemas normativos de los pueblos indígenas. Para el Gobierno federal son normas, usos y costumbres. Me parece que con distinta nomenclatura los tres textos se refieren a lo mismo. En los Acuerdos de San Andrés se establece que las decisiones de las autoridades jurisdiccionales indígenas serían convalidados por las autoridades jurisdiccionales del Estado. Acuerdo que recoge la iniciativa de la Cocopa, y al cual el Gobierno federal objetaba que debería decir homologación de las decisiones, y ahora que al mencionarse expresamente que una ley establecerá los mecanismos de convalidación, se están creando "fueros indígenas especiales". Toda reforma constitucional aunque no se diga está sujeta a una ley que establezca los mecanismos y procedimientos. Tampoco el reconocimiento de una jurisdicción específica al interior del Estado (la militar, la eclesiástica, por ejemplo), significa un privilegio para un grupo. La observación gubernamental me parece, pues, inconsistente. B. Segundo bloque de observaciones Derecho al territorio El Convenio 169 establece que el gobierno respetará las tierras de los pueblos indígenas, entendidas como el territorio y hábitat que ocupan. Los Acuerdos de San Andrés retoman esta disposición y la Cocopa la plasma en su iniciativa. El Gobierno federal objeta que al mencionarse que accederán de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales, se está negando la posibilidad reconocida en el artículo 27 de acceder a otros tipos de modalidades (se entiende a la privada). Y que al incluir el término territorio se utiliza como elemento del Estado, y por tanto se corre el riesgo de fraccionar el territorio nacional. La concepción que tienen los pueblos indígenas de la tierra no es de una mercancía que puede ser objeto de compra-venta entre particulares. Por eso se refuerza el carácter comunal de la tierra, porque se identifica con su cosmovisión: la tierra es la matriz de su cultura. La observación del gobierno pretende proteger el proceso de privatización de las tierras colectivas iniciado por la reforma al artículo 27 del gobierno salinista. La observación respecto a que se utiliza el término de territorio como elemento del Estado no tiene peso, puesto que está descontextualizada. El término territorio en la iniciativa de Cocopa, que se funda en los Acuerdos de San Andrés, a su vez basada en el Convenio 169, se entiende al interior de los Estados. En este caso, respetando la integridad territorial del Estado mexicano. En este sentido, reconocer los territorios indígenas significa reunificar y no "fraccionar" el territorio nacional. C. Tercer bloque de observaciones Derecho a formar parte del Estado Los Acuerdos de San Andrés reconocen que los pueblos indígenas son entidades de derecho público, y la iniciativa de la Cocopa así lo recoge. Sin embargo, el Gobierno federal no quiere reconocerlas como parte del Estado al que pertenecen (continúa la exclusión, el neocolonialismo), puesto que acota diciendo que serán reconocidas como "entidades de interés público", es decir, sujetos de derecho privado (como si los pueblos indígenas fueran asociaciones civiles, mercantiles). D. Cuarto bloque de observaciones a. Derecho a elegir a sus autoridades El gobierno federal afirma que sólo tendrán derecho a elegir sus autoridades los pueblos indígenas que tengan la categoría de Municipio y su población sea mayoritariamente indígena. La iniciativa de la Cocopa establece que este derecho podrán ejercer no sólo los municipios, sino también las comunidades, órganos auxiliares del ayuntamiento e instancias afines, lo cual abarca el panorama de figuras y situaciones jurídicas existentes y por definir. b. Derecho a acceder a la forma de gobierno municipal El gobierno federal propone que el derecho de los pueblos indígenas a acceder a la categoría de municipios será con base en los procedimientos que establecerán las legislaturas locales, las cuales no alterarán las fronteras de la división política de las entidades y sin tomar en cuenta el punto de vista de los pueblos indígenas (ya que esto último no se explicita). La iniciativa de la Cocopa establece que la remunicipalización se haría en consulta con los pueblos indígenas de la entidad. La remunicipalización es una vía, no la única. Tienen que ser los pueblos indígenas los que decidan cuál les conviene. Se tendría que pensar también en los pueblos indígenas que se encuentran divididos entre varios Estados. Aquí tendrían los Congresos locales y los pueblos indígenas que concebir nuevas formas de gobierno o aplicar las existentes. En caso de no haber acuerdo tendría que ser el Congreso Federal el que resolviera en consulta con las entidades federativas y los pueblos indígenas. c. Derecho a una distribución equitativa de la riqueza nacional El Gobierno federal quiere seguir "promoviendo" una distribución equitativa de la riqueza nacional; sin embargo, la situación de los pueblos indígenas demuestra que no ha cumplido (es decir, se quiere seguir administrando la pobreza). La iniciativa de la Cocopa establece que el Estado deberá garantizarque los pueblos indígenas dejarán de ser mexicanos de quinta, canalizando recursos económicos para que tengan la vida digna y justa que aspira cualquier ciudadano de este país. A estas observaciones, el Ejército Zapatista de Liberación Nacional contestó que no aceptaría el cambio de una coma a la iniciativa de reformas constitucionales elaborada por la Cocopa. IV. CONCLUSIÓN El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo constituye un capital jurídico que el Estado mexicano no ha tomado en cuenta, a pesar de estar obligado a ello, complicando la canalización del reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas de México. Para los pueblos indígenas constituye el único instrumento internacional vigente para impulsar sus demandas de respeto a su desarrollo cultural en el interior del Estado, de la sociedad y del derecho. V. BIBLIOGRAFÍA BARRIOS FIGUEROA, José, Derecho internacional del trabajo. Con refe-rencias y soluciones aplicadas a México, México, Porrúa, 1987. BERMAN, Howard R., "La Organización Internacional del Trabajo y las poblaciones indígenas: revisión del Convenio 107 en la sesión 75a. de la Conferencia Internacional del Trabajo", Por el imperio del derecho, Ginebra, Comisión Internacional de Juristas, núm. 41, diciembre de 1988. CHAMBERS, Ian, "El Convenio 169 de la OIT: avances y perspectivas", en Gómez, Magdalena (coord.), Derecho indígena, México, Instituto Nacional Indigenista/Asociación Mexicana para las Naciones Unidas, 1997. DURAND ALCÁNTARA, Carlos Humberto, "Crítica al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) referente a los pueblos indígenas", Alegatos, México, UAM-Azcapotzalco, Departamento de Derecho, núms. 25-26, septiembre-diciembre de 1993 y enero-abril de 1994. MÉNDEZ, Bernardo, "El Convenio 169 de la OIT y la situación de los derechos humanos de los grupos autóctonos en México", Justicia y Paz. Revista de derechos humanos, México, año IX, núm. 34, abril-junio de 1994. OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO (ed.), Constitución de la Organización Internacional del Trabajo y Reglamento de la Conferencia Internacional del Trabajo, Ginebra, 1993. VAL, José del, "Los pueblos indios y el Convenio de la OIT", Revista del Senado de la República, México, vol. 14, núm. 11, abril-junio de 1998. * Notas: 1 Agradezco el envío de opiniones y comentarios a la siguiente dirección de correo electrónico: El Convenio 169 de la OIT representa el único instrumento internacional vigente para dar cauce a las demandas indígenas de respetar su desarrollo cultural; sin embargo, el Estado mexicano no lo ha tomado en cuenta, dificultando el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en México. El próposito del ensayo es analizar las obligaciones del Estado mexicano al haber ratificado el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes., ILO"S Agreement l69 repre-sents the sole international document in force to give way to the indigenous people"s demands of honouring their cultural development. Nevertheless, the Mexican state has disregarded this document, so, the recognition of the rights of the natives becomes more and more difficult to be achieved. This essay analyzes the obligations of Mexico having signed and ratified Agreement l69 on Convention concerning Indigenous and tribal People in Independent Countries. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
- Research Article
1
- 10.21827/jve.5.36443
- Apr 1, 2022
- Journal of Virtual Exchange
English imperialism has helped form the dominance of one-way communication from Native English Speakers (NESs) to English learners, resembled in the existing literature of international education and exchange education (i.e. study abroad programs). Such unbalanced foci in the ongoing scholarship of exchange programs, including Virtual Exchange (VE), do not equally represent the whole participating parties of collaboration and furthermore overlook the learning needs and achievements from NESs. Noticing such a gap in the scholarship, the author intended to explore what NESs and native speakers of more than English have taken away from a Collaborative Online International Learning (COIL) project between a university in China and a Hispanic-Serving Institution in the U.S. Twenty-one U.S. students in a writing-as-processes course were asynchronously collaborated with 20 students in a reading-writing course in China over ten weeks. The COIL data of this case study was from U.S. students’ reflections on the peer review giving and given and their COIL reflections. The qualitative findings revealed that Peer Feedback (PF) via COIL broadened participants’ insight about contrastive rhetoric, English as pluralistic, and cross-cultural communication. The COIL project also offered multi-dimensional enrichment and promoted 21st century skills in general. The participants expected some form of continuous VE projects, similar to the current COIL project, in the subsequent semesters. Those findings implied practical considerations of how to further develop COIL – synchronous or/and asynchronous modes, multi-layered collaborations, individual and collective communication, and a balance among students’ autonomy, technology support, and instructors’ affordability of additional arrangements for details. The significance of the study lies in the fact that the findings would help mitigate and balance scholarly attention to students’ takeaways from both participating parties.
- Book Chapter
1
- 10.1007/978-981-13-9957-2_10
- Jan 1, 2019
This chapter is an evaluation of the processes and outcomes of the Collaborative Online International Learning (COIL) project between the management accounting courses of RMIT Vietnam and RMIT University Melbourne’s Vocational Business Education. COIL is an educational platform that promotes twenty-first century student competencies such as cross-cultural competence, teamwork and problem-solving skills through a collaborative coursework participated by students from different countries. The Learning Outcomes Value Cycle Framework (Gavilanez, Ortlieb, & Carey, 2017) is used to analyse the key components of the project including the project learning outcomes, learning activities and assessments. The 6-week Global COIL Project was designed for students to apply their classroom learning to realistic business scenarios and develop skills necessary in the global workplace. One hundred sixty-one (161) Management Accounting students from the two campuses worked together and communicated virtually in teams using Google Hangouts and other social media technologies to analyse and develop a solution to a simulated business scenario. The component-by-component analysis of the project revealed several pedagogical and practical challenges of COIL project design and implementation. Despite these challenges, COIL proved to be a promising educational platform that provides students with ample opportunities to develop a range of employability skills. This chapter highlights the motivations and challenges of designing and implementing a COIL project. Strategies for enhancement are also identified to ensure achievement of project learning outcomes. This chapter provides a valuable resource for academics who intend to introduce COIL or other cross-cultural collaborative projects in their courses.
- Single Book
18
- 10.4324/9781315754925
- Apr 10, 2015
Introduction: Globalization in the Humanities and the Role of Collaborative Online International Teaching and Learning Alexandra Schultheis Moore and Sunka Simon SECTION I: Designing and Developing COIL Courses Introduction 1.Collaborative Online International Learning: An Emerging Format for Internationalizing Curricula Jon Rubin and Sarah Guth 2. How To Get Started with COIL Sarah Guth and Jon Rubin 3. Globally Networked Learning Environments - An Administrator's Perspective James R. Jansen 4. The Complementary Expertise of Faculty and Instructional Designers in the Design of Globally Networked Courses Richard Reo and Matthew Russell 5. Data Security in Digital and Online Collaboration: Considerations Melanie Wilson 6. Global Partnership for Intercultural Learning Janine DeWitt, Loes Damhof, Carolyn Oxenford, Ingrid Schutte, and Marca Wolfensberger SECTION II: Building a Borderless Class: Theories and Practices in the Humanities Introduction 7. Voices from the Periphery: The Victoria University and University of Texas at El Paso Global Learning Community Effy George and Irma Victoria Montelongo 8. Crossing Borders: Transnational Feminism and Transnationally Networked Learning Anne Sisson Runyan, Carolyn Stoll, and Marianne H. Marchand 9. Negotiating Sex and Gender across Continents Barbara LeSavoy, Ann Giralico Pearlman, and Elena Lukovistkaya 10. Re-Envisioning Diasporas in the Globally Connected Classroom Sunka Simon and Carina Yervasi 11. Cross-Cultural Negotiations of Human Rights in Literature and Visual Culture Alexander Hartwiger and Alexandra Schultheis Moore 12. Finding Common Ground: Human Rights and Cultural Difference, A Students' Perspective Margaret Archbold and Dima Chami SECTION III Creative Knowledge Production in COIL Courses Introduction 13. International Teaching and Learning without Leaving the USA: Voice and Movement, Language and Literature Ubaldimir Guerra, Mary Guzzy, Ryan Hersha, Linda Nicholls-Gidley, Jayne Peaslee 14. Bringing Theory to Practice: Developing Facework Competence in Intercultural Collaborations Meredith Marko Harrigan and Mira Bergelson 15. Cinematic Storytelling Across Cultures: A Foundation for International Online Collaboration in Screenwriting Bettina Moss and James Napoli 16. Jazz, Constructionism, and Music Composition: Building Cultural Competencies in a Global Classroom through the Performing Arts Lenora Helm Hammonds, Turid Norlund Christensen, Emmanuel O. Oritsejafor, Baron Tymas, Keld Hosbond, Mageshen Naidoo
- Research Article
4
- 10.1007/s11528-024-01000-w
- Sep 21, 2024
- TechTrends
Collaborative Online International Learning (COIL) is often framed as an example of a broader practice known as Virtual Exchange (VE). The term Virtual Exchange has increasingly been used as an attempt to unify a fragmented field of Higher Education practice and is often used interchangeably with the term COIL. However, the design of COIL, with its strong focus on collaborative and intercultural learning, is often very different to other VE initiatives. Labelling all VE initiatives, including COIL, generally as VE, can lead to both educators and researchers having difficulty identifying and distinguishing COIL. Therefore, the purpose of this paper is to provide a critical review of VE and define COIL and its key characteristics. This article also describes how theory can inform practice and explains why continued interchangeable use of the term COIL with the umbrella term Virtual Exchange is unhelpful for future research and practice.
- Research Article
- 10.18294/rppp.2024.5072
- Jun 8, 2024
- Revista Perspectivas de Políticas Públicas
En la notable diversidad que caracteriza a la gran y creciente cantidad de estudios sobre políticas públicas, hay una coincidencia básica: las políticas públicas se orientan al tratamiento y eventual resolución de problemas. A partir de ese consenso central reaparecen las divergencias: cuándo algo -una situación o circunstancia, el comportamiento de un actor, un hecho de la naturaleza, u otro- se convierte en problema, en virtud de qué criterios técnicos, ideológicos, de oportunidad política, etc. ese algo deviene problema susceptible de tratamiento por una política estatal -como acertadamente denominaron Oszlak y O’Donnell a las políticas públicas-, cómo se elabora, qué factores o criterios inciden en la selección de problemas que integran la agenda de gobierno, qué tipo de racionalidad la orienta. Los problemas que motivan a las políticas públicas tienen una característica principal: siempre son problemas complejos y en consecuencia multidimensionales, aún los más específicos o particulares, por reduccionista que resulte el enfoque que se practique de ellos. La integralidad de la organización social se proyecta sobre sus múltiples dimensiones. La política de atención en salud, por ejemplo, debe tomar en cuenta factores ambientales, educativos, la existencia de organizaciones profesionales con visiones particulares sobre el tema, la configuración del mercado de producción y comercialización de medicamentos, y otros más. Lo mismo ocurre en todas las otras áreas temáticas encaradas en perspectiva de política estatal. En consecuencia, por específica que sea, toda política pública intersecta con facetas de la realidad que son el objeto problemático de otras políticas públicas. En virtud de la organización político-administrativa de los estados que producen las normas que enmarcan a las políticas, esa intersección se manifiesta en términos sustantivos -los temas y enfoques que componen los problemas- y como interjurisdiccionalidad -la incumbencia institucional y espacial de varios organismos de la administración pública, la verticalidad del deslinde jurisdiccional y la especificidad funcional-. Es decir, como ámbito estructurado de convergencia y coordinación entre múltiples organismos públicos, así como diferentes niveles de competencia, decisión y ejecución. Esta pluralidad gravita también en las burocracias públicas que tienen como áreas específicas de desempeño las distintas competencias de gestión que hacen posible que determinadas políticas sean producidas y puestas en funcionamiento y otras descartadas o bloqueadas; es una estrecha interrelación, por debajo de los altos niveles decisorios políticos, que ilustra la porosidad e inclusive el carácter ficticio (Migdal) de la frontera entre lo público y lo privado, alimentando la literatura acerca del “Estado profundo” (deep state) y su eficacia en evadir las limitaciones derivadas de las normativas constitucionales y legales. Sin alcanzar estos extremos, no es infrecuente la competencia entre organismos por la asignación presupuestaria de recursos, o las rivalidades y celos entre agencias públicas y sus funcionarios. Esto favorece la persistencia de un enfoque fragmentado y contribuye a que las instancias de coordinación, creadas para asegurar coherencia en las acciones en la perspectiva de la agenda integral de gobierno, enfrenten limitaciones en el cumplimiento de sus objetivos. La coordinación resulta en muchos casos una yuxtaposición de aspectos parciales, sobre todo cuando el organismo coordinador tiene menor nivel institucional o político que las unidades supuestamente coordinadas, o cuando la coordinación carece de un enfoque estratégico del aporte de las políticas de cada campo a la “gran política” que impulsa la acción de gobierno. Es esta una situación que se registra tanto entre políticas públicas y los organismos con incumbencia en ellas, como entre distintos niveles de gobierno. La coordinación no es meramente un ejercicio de técnica administrativa o presupuestaria, sino una función política. Hace ya varias décadas Alejandro Nieto elaboró un diagnóstico implacable de este asunto en la administración pública del estado español: La desorganización del gobierno (1984). Lamentablemente no he podido encontrar algo equivalente o parecido en referencia a la experiencia del estado argentino en las cuatro décadas de recuperación de la democracia, a pesar de la gran cantidad de trabajos referidos a la cuestión ya convencional de las competencias del mismo entendidas como eficacia y eficiencia del estado en el desempeño de las funciones que asume. Las denuncias a través de los medios y de las redes sociales, incluso las que se presentan en el ámbito judicial, no han contribuido a resolver las ineficiencias que se vocean. Los primeros trabajos que integran el presente número de la RPPP encaran esta problemática desde distintos ángulos. El texto de Cattáneo y Bocchinicchio argumenta la necesidad de adoptar nuevas perspectivas en el diseño y gestión de las políticas públicas en el abordaje de problemas multicausales y multisectoriales, y expone la tensión que se genera en las estructuras y prácticas convencionales de gestión respecto de iniciativas orientadas a superarlas. El artículo llama la atención sobre la necesidad de formar y consolidar una nueva generación de funcionarios que enfoquen los problemas públicos en clave de transdisciplinariedad y señala el destacado papel que corresponde al sistema universitario en la formación de los cuadros técnico-profesionales requeridos para una eficiente articulación institucional de niveles, incumbencias y resultados. Sergio Blogna pone la mira en algunas de las especificidades planteadas por el diseño federal del estado nacional y su relación con los estados provinciales, a través de la configuración de los consejos federales como herramienta institucional de coordinación de políticas públicas y el caso del Consejo Federal de Discapacidad. Por su parte, el artículo de Rodrigo Carmona, Bárbara Couto y Matías Calvo explora los rasgos que presentan los modelos de intervención local a partir de una metodología de análisis cualitativo para abordar políticas, acciones y capacidades en materia productiva y laboral en una selección de municipios bonaerenses. Surge de su estudio el pragmatismo de las gestiones locales, con relativa autonomía del signo político partidario de los gobiernos municipales. En la sección “Avances de Investigación” Matías Galgano presenta resultados de su estudio del proceso de renovación urbana en un municipio del Conurbano Bonaerense, la gravitación creciente de la financierización neoliberal en el desarrollo del mismo, y las distintas posiciones adoptadas al respecto por la población afectada. La reciente pandemia de COVID-19 y las acciones de política emprendidas a su res[1]pecto en Argentina constituyen el objeto de los artículos de Giuseppe Messina y de Chantal Medici. El texto de Messina estudia las principales medidas adoptadas durante la pandemia del COVID-19 y en el periodo inmediatamente posterior en tres áreas de la protección social argentina: las transferencias a personas mayores, a hogares con niños, niñas y adolescentes y a personas en edad laboral, enfocando los programas Alimentar, Potenciar Trabajo e Ingreso Familiar de Emergencia, las prestaciones del sistema previsional y de las asignaciones familiares. El objetivo de la investigación es analizar cómo evolucionó durante el periodo seleccionado la cobertura de la población destinataria de esos programas y la suficiencia de los montos otorgados en términos de la línea de pobreza. Entre los principales resultados destaca la insuficiencia de los montos otorga[1]dos, la caída, con algunas excepciones, del gasto real en políticas sociales y la ausencia de medidas de carácter universal para la población en edad laboral; solo en el caso de las personas mayores se logró una buena, aunque decreciente, protección frente a la pobreza, mientras que la de los niños/as y adolescentes fue la categoría más afectada pese a la concentración de medidas en esta franja etaria, como la AUH y la tarjeta Alimentar. El trabajo de Chantal Medici sintetiza las principales acciones desplegadas por los activismos feministas y grupos aliados, en torno al debate parlamentario del proyecto de ley sobre Interrupción Voluntaria del Embarazo, que había sido remitido al Congreso por el gobierno surgido de las elecciones generales de octubre 2019. Explora la acción masiva mantenida mientras la posibilidad de organizar grandes manifestaciones públicas se vio interrumpida por la pandemia y el aislamiento obligatorio, y los vínculos y negociaciones con actores políticos (gubernamentales y no gubernamentales) y sociales. La incorporación del carácter constitutivamente multiétnico de nuestras sociedades a las agendas de políticas públicas y a la gestión de los intereses colectivos tuvo y sigue teniendo una orientación predominante hacia los pueblos originarios del continente. Contrasta marcadamente con la atención prestada a pueblos y organizaciones étnicamente diferenciadas, implantados por las potencias coloniales a partir del siglo XVI en condiciones variadas de esclavitud o servidumbre. El artículo de Mónica Olaza y asociadas estudia la condición social de la población afrodescendiente en el mercado de trabajo en Uruguay y las modalidades de discriminación a que se encuentra expuesta a pesar de la existencia de un plexo normativo orientado a prevenirlas. El texto es útil asimismo para apreciar la distancia que suele existir entre los diseños normativos e institucionales y las prácticas sociales. Leopoldo Zubeldía y Sofya Sutrayeva presentan la evolución de un proceso de investigación científica en Argentina -desarrollo de una vacuna veterinaria contra la brucelosis- y las tribulaciones que enfrenta un país de la semiperiferia capitalista para ampliar sus capacidades científico-tecnológicas, los vericuetos de la cooperación internacional, su cuestionable filantropía, y la hegemonía desplegada por los grandes laboratorios de Europa y Estados Unidos. En la línea de los trabajos de María Mazzucato, los autores señalan el papel estratégico del Estado, sus organismos científico-técnicos y las universidades públicas en la producción y aplicación de conocimiento científico y en su impulso al desarrollo del país, así como la formación de alianzas colaborativas con contrapartes empresariales que, además de su utilidad científica y comercial, preserven la primacía de los intereses nacionales en los escenarios planteados por los actores dominantes en la financierización capitalista global. Carlos M. Vilas Director.
- Research Article
6
- 10.1051/shsconf/202315704011
- Jan 1, 2023
- SHS Web of Conferences
The collaborative online international learning (COIL) model has been used in language education and other disciplines for over a decade and to date, there has been considerable research into the effects of COIL and the factors related to the effects. However, the majority of these studies have generally focused on one or more skills of the student participants, making it difficult for current researchers to see the overall picture of COIL-related research, while a review study of previous research can fill this gap. This review study provides an up-to-date systematic review of research on the positive and negative effects of COIL’s teaching model on students and its influencing factors. On the one hand, this study summaries the effects of COIL on students’ language skills, t non-verbal skills, and affect. On the other hand, the author also provides a brief account of the factors that influence these effects in COIL and the research gaps in COIL. Students have a better language learning environment in the process of COIL. From the perspective of language skills, COIL can improve students’ fundamental language skills, such as listening, speaking, reading, writing, and translation, and the language in real communication. In terms of non-linguistic skills, participants significantly improve their intercultural communication skills and digital literacy through COIL, and improve the 21st century super skills. Students also demonstrate greater emotional gains through COIL, reducing their anxiety about using a second/foreign language to communicate with international peers and increasing their confidence in expressing their views in a language other than their native tongue. Overall, COIL can positively impact students in various aspects and the impacts vary across individual and contextual factors. Research gaps and future research directions are discussed. Also, implications for teachers, students, institutions, and researchers are provided.
- Research Article
- 10.21827/jve.7.41033
- Aug 27, 2024
- Journal of Virtual Exchange
Presented in this paper are findings from a research project exploring policies and pedagogies for collaborative online international learning (COIL) in the context of Japanese higher education. Our study comprised a qualitative investigation of a government-funded COIL project, in which 13 Japanese universities were awarded funding from 2018 to 2023 to establish and implement COIL programs with international partner universities primarily in the United States. Through our study we aimed to gain an understanding of the perceived opportunities and challenges of COIL as a policy idea for internationalization and as a pedagogy for internationalization of curricula (IoC) in the Japanese context. To achieve this aim, our research design entailed a comprehensive document analysis and 12 semi-structured interviews with educators involved with the funded COIL programs at eight different Japanese universities. Findings revealed that various actors both enabled and blocked COIL as a form of IoC, and that COIL itself served in many contexts as a mechanism that shaped IoC at institutional and personal levels more broadly, beyond the confines of the respective COIL programs. We argue that COIL offers a viable means to contribute to an inclusive and collaborative internationalized curriculum in Japanese universities, given adequate institutional support and faculty buy-in.
- Research Article
- 10.1152/physiol.2025.40.s1.0801
- May 1, 2025
- Physiology
Collaborative Online International Learning (COIL) has emerged in recent years as an effective and viable alternative to increase the international opportunities within taught curricula. Through recent innovations in online collaboration tools, and elevated demand for international opportunities, there has been a global increase in the development of COIL opportunities across a range of health aligned disciplines. This style of learning has been described to positively develop student’s internationality and enhance their transferable skills. However, there have been no reported COIL opportunities described in the fields of laboratory medicine and biomedicine, likely due to the emphasis on practical techniques associated with the subjects making them difficult to disseminate virtually. This study therefore aimed to develop a COIL project that incorporates practical laboratory elements and evaluates the efficacy of this teaching and learning approach. A laboratory-based COIL was developed and delivered across two days between the University of Salford, United Kingdom, and Wayne State University, United States of America. Day one was composed of asynchronous livestreamed laboratory demonstrations, micro-teaching sessions of practical activities, with day two focused on the completion of a time-dependent team-based task. The pedagogical impact of this laboratory-based COIL was evaluated through 1) pre and post surveys and 2) an overall survey utilising Likert scales to evaluate experience, transferable skill enhancement and international development. The laboratory-based COIL was well received among students with most students stating they enjoyed the session (94.1%) and learnt a lot by participating in it (94.1%). COIL learning opportunity also produced highly positive benefits to student confidence (97.1%), teamworking (100%), and communication (97.1%). Pre and Post-analysis revealed significant enhancement of students’ international medical practice knowledge (p<0.0001), cultural intelligence (p<0.0001), social initiative (P=0.0373), and work-based flexibility (P=0.0047). Further stratification based on participants’ international institution revealed significant differences in questions relating to cultural intelligence (P=0.0062) and their confidence of working with cultures unfamiliar to themselves (P=0.0390). We are the first to report that implementation of laboratory-based COIL opportunities enhances students' international, cultural and transferable competencies within medical laboratory and biomedicine education. These data suggest that practical-based COIL is an effective method for preparing students to thrive in a globalized healthcare environment. This abstract was presented at the American Physiology Summit 2025 and is only available in HTML format. There is no downloadable file or PDF version. The Physiology editorial board was not involved in the peer review process.
- Research Article
- 10.31718/mep.2024.28.2.08
- Jul 15, 2024
- The Medical and Ecological Problems
This paper examines the experience of implementing Collaborative Online International Learning (COIL) projects at Coventry University and explores their potential application in the context of Ukrainian higher medical education. The aim of this paper is to demonstrate the feasibility of applying Coventry University's experience in organizing and implementing COIL exchanges in the academic setting of medical and ecological education in Ukraine, thereby fostering enriching opportunities for students and staff to collaborate at the intersection of healthcare, sustainability, business, and law. Materials and methods. The authors outlined the benefits of COIL initiatives between partners, as well as possible challenges in their implementation relying on the corpus of research papers published within the last 5 years available online in PubMed, Google Scholar and other databases, applying the methods of analysis and synthesis, systematization, generalization, comparative and contrastive methods. Results. Given the current conditions of the Russian invasion and martial law in Ukraine, COIL seems to be particularly relevant, providing a vital avenue for global collaboration in education when physical travel abroad may be difficult or impossible. The emphasis on cultural immersion, global perspectives, and the adaptability of the projects make COIL a promising direction for enriching both students and staff within the Ukrainian higher education framework. Highlighting the transformative potential of COIL, the paper proposes potential topics for interdisciplinary COIL projects between healthcare, ecology, business & law professionals. Conclusions. In the context of Ukrainian higher education, the paper suggests that adopting COIL exchanges could enhance collaboration between institutions, empowering students and providing flexible tools for achieving educational objectives. COIL exchanges offer a pathway to enhance educational outcomes while nurturing vital skills and perspectives essential for students and staff to thrive in an increasingly interconnected world.
- Research Article
- 10.9743/jse.2023.6.1.2
- Jun 30, 2023
- Journal of Scholarly Engagement
The purpose of this reflective practice was to critically examine a revelation discovered after facilitating a Collaborative Online International Learning (COIL) course. COIL is an andragogical teaching strategy that uses innovative technology to connect classrooms worldwide. This reflection will highlight a COIL opportunity that brought together students from classes in the United States of America and Brazil. After facilitating COIL in our intercultural communication classes, we discovered that these global virtual exchange courses or units could be incorporated into various other disciplines. There were two distinct reasons why this knowledge was surprising. First, during our COIL training, we directed our attention to the course we planned to facilitate. Second, we had never taught COIL classes before, so we were unsure how to include this teaching method in other areas of study. We used Stephen Brookfield’s model of reflection to critically examine our assumptions and pre-conceived notions about COIL and left with takeaways that can be shared with our colleagues.
- Research Article
9
- 10.1080/15528014.2022.2069441
- May 4, 2022
- Food, Culture & Society
Collaborative Online International Learning (COIL) has gained popularity due to its effectiveness in bringing cross-cultural awareness to the learning environment and providing college students a rich international experience while at their home university. This new educational approach uses digital technology to link university courses together from around the world to build students’ cross-cultural competence. Forty-four students enrolled in a Global Nutrition Class at a university in California, and 14 students in a Culinary Innovation course at a university in Ecuador, participated in a 15-week COIL project. Over the course of the semester, students worked in groups to complete a food product analysis project. After the course, students completed a questionnaire that assessed their cultural competence, collaborative learning outcomes, outcomes related to nutrition or culinary innovation, and overall course satisfaction. Results revealed that there were significant pre to post changes in cultural competency among study participants. Additionally, 91% of study participants reported that they were highly satisfied with the COIL project. Eighty percent of students said that collaborative learning through COIL helped them achieve good academic performance. Gender, ethnicity, and university location were not significant factors associated with learning outcomes. In conclusion, the COIL project positively contributed to student learning outcomes.
- Research Article
- 10.34190/ecie.19.1.2583
- Sep 20, 2024
- European Conference on Innovation and Entrepreneurship
COIL (Collaborative Online International Learning) is an innovative teaching method that allows students to experience international cooperation and develop intercultural skills using digital technologies. This online teaching method became popular recently based on the experience gained by higher education institutions during the COVID-19 pandemic. COIL is an effective and convenient teaching method that provides students with the experience of „internationalisation at home.” The COIL engages students, teachers, and business partners. As those groups have different educational needs and expectations, the question arises as to what extent this teaching method can address those needs. Therefore, the main objective of this paper is to identify the main benefits and limitations of the COIL method in economic higher education based on the empirical survey results. The survey was conducted after the successful COIL implementation in 2023/2024 in several courses at the University of Economics in Katowice, Poland. The COIL method was applied in the form of three different models and was organised in cooperation with partners from several European universities. In particular, the COIL method was applied within a course devoted to Digitalisation and Sustainability, aiming at developing projects on business plans for start-ups using innovative technologies to enhance sustainable development. The paper presents the COIL concept, course objectives, and learning outcomes, as well as an assessment of the COIL method from the perspectives of students, teachers, and business experts. The main findings suggest that all students appreciate the advantages of COIL: the possibility to gain international experience, improve communication and intercultural skills, and learn the basics of project management. They also signalled some challenges related to international teamwork. However, teachers, in general, are satisfied with the quality of outcomes of students’ cooperation, although applying the COIL method requires lots of administrative work and developing new skills. Similarly, business partners highly assessed the benefits of the COIL method for students in terms of their future professional careers.
- Research Article
- 10.34190/ecie.19.1.2998
- Sep 23, 2024
- European Conference on Innovation and Entrepreneurship
COIL (Collaborative Online International Learning) is an innovative teaching method that allows students to experience international cooperation and develop intercultural skills using digital technologies. This online teaching method became popular recently based on the experience gained by higher education institutions during the COVID-19 pandemic. COIL is an effective and convenient teaching method that provides students with the experience of „internationalisation at home.” The COIL engages students, teachers, and business partners. As those groups have different educational needs and expectations, the question arises as to what extent this teaching method can address those needs. Therefore, the main objective of this paper is to identify the main benefits and limitations of the COIL method in economic higher education based on the empirical survey results. The survey was conducted after the successful COIL implementation in 2023/2024 in several courses at the University of Economics in Katowice, Poland. The COIL method was applied in the form of three different models and was organised in cooperation with partners from several European universities. In particular, the COIL method was applied within a course devoted to Digitalisation and Sustainability, aiming at developing projects on business plans for start-ups using innovative technologies to enhance sustainable development. The paper presents the COIL concept, course objectives, and learning outcomes, as well as an assessment of the COIL method from the perspectives of students, teachers, and business experts. The main findings suggest that all students appreciate the advantages of COIL: the possibility to gain international experience, improve communication and intercultural skills, and learn the basics of project management. They also signalled some challenges related to international teamwork. However, teachers, in general, are satisfied with the quality of outcomes of students’ cooperation, although applying the COIL method requires lots of administrative work and developing new skills. Similarly, business partners highly assessed the benefits of the COIL method for students in terms of their future professional careers.
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