Abstract
Muchos ordenamientos jurídicos favorecen la presencia de determinados grupos o categorías sociales en órganos o entidades públicos: en sus parlamentos o en sus Administraciones públicas. A veces, la presencia institucional de estos grupos se articula mediante cuotas y criterios de preferencia en la composición o estructura interna de aquellos órganos o entidades. Esta es una nota característica de las "sociedades complejas", en las que distintos grupos o categorías sociales pugnan por su reconocimiento, por el Estado y por el Derecho. Aunque la cuotas y preferencias son muy diversas, en este estudio se parte de la premisa metodológica de que es posible un análisis teórico general de todas lellas. De este análisis no deriva, como hipotética consecuencia dogmática, que todas las cuotas y preferencias tengan un significado jurídico único. Se propone, más bien, que el significado jurídico de cada cuota o preferencia resulta de la mayor o menor presencia de uno de estos cuatro valores o principios constitucionales: igualdad (arts. 1, 9.2 y 14 CE), democraticidad (art. 1.1 CE), eficacia administrativa (art. 103.1 CE); y mérito y capacidad en el acceso a la función pública art. 103.3 CE). Partiendo de la distinta relevancia de estos cuatro valores o principios constitucionales respecto de cada cuota o preferencia, resulta posible también un estudio analítico sobre los elementos definitorios de todas las cuotas y preferencias, a saber: el grupo beneficiado; el órgano o entidad que soporta la cuota o preferencia; el tipo de cuota o preferencia; y sus efectos jurídicos.
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