Abstract
En la actualidad, se observa que las personas naturales incrementan significativamente el valor de su patrimonio, en muchos casos, dichos incrementos no tienen justificación alguna, por lo que omiten el pago de sus tributos, generando en el país una baja recaudación. El presente trabajo investigación tuvo como objetivo analizar los criterios que permiten la detección del incremento patrimonial no justificado en las personas naturales del Perú. La metodología aplicada fue de tipo cualitativo, diseño fenomenológico, tiene un muestreo no probabilístico basándose en las experiencias profesionales de tres expertos en materia tributaria. Obteniendo como resultado que la administración tributaria aplica ciertos criterios, clasificados en los siguientes rubros: sistema financiero, social, informalidad, fiscalización y digitalización. Siendo los criterios más resaltantes durante la pandemia COVID 19 el comercio electrónico y redes sociales, utilizados para generar ingresos y evadir impuestos. Se concluye que las personas naturales incurren en incremento patrimonial injustificado, por desconocimiento, porque no desean formalizarse o porque no cuentan con un equipo técnico contable que les oriente en los criterios antes mencionados. Se sugiere que la administración tributaria, deba fiscalizar a los nuevos criterios relacionados con la digitalización, para reducir el incremento patrimonial no justificado en el Perú.
Talk to us
Join us for a 30 min session where you can share your feedback and ask us any queries you have
More From: Revista Internacional de Investigación en Ciencias Sociales
Disclaimer: All third-party content on this website/platform is and will remain the property of their respective owners and is provided on "as is" basis without any warranties, express or implied. Use of third-party content does not indicate any affiliation, sponsorship with or endorsement by them. Any references to third-party content is to identify the corresponding services and shall be considered fair use under The CopyrightLaw.