Abstract

En 2022 entró en vigencia la Ley Fintech en Ecuador y estableció el sandbox regulatorio como estrategia para promover la innovación. Por su parte, la Junta de Política y Regulación Monetaria emitió normativa secundaria regulando esta figura. No obstante, expidió criterios de elegibilidad restrictivos, exigió una triple autorización y permitió que se puedan añadir parámetros adicionales ex post. Tampoco es clara en cuáles son los beneficios o exenciones que se pueden derivar del sandbox. Este trabajo evidenció que, cuando los criterios de elegibilidad son restrictivos o pueden fijarse ex post, el sandbox no es una figura atractiva para los innovadores. Así, la normativa emitida por la Junta no es la adecuada, y además, es ilegal. Por ello, se recomendó que se aclare cuáles son los beneficios que pueden obtenerse, los que deberán variar según el objetivo que persiga el sandbox; y que se implementen criterios de elegibilidad que no sean restrictivos y que se basen en criterios de riesgo.

Talk to us

Join us for a 30 min session where you can share your feedback and ask us any queries you have

Schedule a call

Disclaimer: All third-party content on this website/platform is and will remain the property of their respective owners and is provided on "as is" basis without any warranties, express or implied. Use of third-party content does not indicate any affiliation, sponsorship with or endorsement by them. Any references to third-party content is to identify the corresponding services and shall be considered fair use under The CopyrightLaw.